qué tal Sean bienvenidos a esta nueva cápsula jurídica en la cual hablaremos sobre la prueba testimonial conforme a la legislación contenida en el código Nacional de procedimientos civiles y familiares como siempre agradecemos su suscripción a nuestro canal y los invitamos a que compartan el contenido de este video con las personas que pudieran estar interesadas en el mismo y tal y como lo pueden apreciar en su pantalla los temas que abordaremos a continuación son los siguientes en principio hablaremos sobre el concepto o definición de testigo para posteriormente analizar el ofrecimiento de la prueba testimonial durante un
proceso jurisdiccional conforme al código Nacional de procedimientos civiles y familiares así como la preparación de esta prueba y su desahogo durante la audiencia de juicio y en es orden de ideas conforme a la obra de Alejandro Torres Estrada eh en general testigo es la persona a la que le consta la realización de un hecho el testigo judicial ya de manera más específica es el tercero ajeno a un proceso al que le constan algunos o todos los hechos sujetos a la litis esto Qué significa Bueno pues el testigo es una persona a quien le consta determinada
circunstancia pero en materia jurídica lo que nos interesa es que a ese testigo le consten hechos que forman parte de la litis esos hechos que son controvertidos durante un juicio Y por supuesto el testigo es un tercero ajeno al proceso jurisdiccional esto Qué significa que el testigo no es ni la parte actora ni la parte demandada es una persona Imparcial quien comparece ante el tribunal a manifestar lo que sabe sobre los hechos que forman parte de la litis es decir no tiene o no debería el testigo de tener algún tipo de interés en el resultado
del juicio y por supuesto su declaración sirve al tribunal o al juzgador que conozca de litigio para poder emitir la sentencia que en derecho corresponda esto significa que el testigo cuaya con el tribunal para resolver la controversia o en la solución de la controversia ahora bien conforme al artículo 291 del código Nacional de procedimientos civiles y familiares se podrá ofrecer la prueba testimonial para que cualquier persona que tenga conocimiento sobre los hechos relacionados a litigio comparezca a proporcionar su declaración testimonial a través del interrogatorio que oralmente se le formule Este es el fundamento de la
prueba testimonial conforme al código Nacional de procedimientos civiles y familiares y como nos podemos percatar y lo hemos dicho anteriormente el testigo es un tercero ajeno a las partes quien comparece ante el tribunal para rendir su declaración Y esa declaración se obtiene a través del interrogatorio que le sea formulado por las partes en juicio a continuación analizaremos Cómo se lleva a cabo este interrogatorio ahora bien eh hablemos ahora del ofrecimiento de la prueba testimonial de acuerdo al artículo 274 del código Nacional de procedimientos civiles y familiares las partes ofrecerán la prueba testimonial tanto en los
escritos de demanda y contestación a la misma Ese es el momento eh específico en el cual las partes tienen derecho a ofrecer pruebas y específicamente o de manera más concreta la prueba testimonial Entonces si las partes no ofrecen las pruebas en estos escritos pues entonces perderán el derecho para hacerlo posteriormente ahora esta prueba debe ofrecerse expresando con toda Claridad Cuál es el hecho o hechos que se pretenden demostrar o probar declarando también el nombre y domicilio de los Testigos entonces tanto la parte actora como la parte demandada Al momento de ofrecer la prueba testimonial en
el documento correspondiente ya sea demanda o contestación a la demanda hará referencia a Cuáles son los hechos que pretende demostrar y también tiene que señalar con precisión tanto el nombre completo del testigo es decir su nombre de pila y sus apellidos como los domicilios o el domicilio del testigo del que se trate ahora bien hablemos ahora de la la preparación de la prueba testimonial y las reglas para ello están contempladas en el artículo 292 del código Nacional de procedimientos civiles y familiares tomando en consideración que pues la preparación de las pruebas en términos generales se
refieren a aquellos actos emitidos u ordenados por el órgano jurisdiccional con la finalidad de asegurar el desahogo de la prueba durante la audiencia específicamente durante la audiencia de juicio y pues bueno la regla general tratándose de la prueba testimonial es que las partes tienen la obligación de presentar a sus testigos esto Qué significa Por ejemplo si la parte actora ofrece como testigos a Raúl y Beto pues entonces esa parte actora tiene la obligación de presentar a sus propios testigos el día en que tenga lugar el desahogo de la audiencia de juicio entonces la parte actora
tendrá la obligación de presentar tanto Raúl como a Beto para el desahogo de esa prueba es decir para que el juez escuche sus declaraciones lo mismo sucederá con la parte demandada estará obligada a presentar a sus propios testigos pero durante la audiencia preliminar que recordemos es el momento procesal en que tiene lugar la admisión de pruebas entre ellas la admisión de la prueba testimonial Pues en esta audiencia preliminar eh el juez o entregará las cédulas de notificación dirigidas al testigo a quién se las entregará a las propias as partes en caso de que lo soliciten
Por ejemplo si la parte actora le solicita al juez que a pesar de que ella se compromete a presentar a sus testigos el día de la audiencia de juicio requiere que le entregue cédulas de notificación dirigidas a los Testigos en donde se le informe en mediante esa cédula al testigo en la fecha la hora y lugar en que tendrá lugar el desahogo eh de la audiencia de juicio Pues el juez tendrá que cumplir con esta petición y entregarle las cédulas porque en muchas ocasiones los Testigos requieren de este tipo de documentación para acreditar por ejemplo
la ausencia en sus trabajos Entonces si las partes solicitan las cédulas el juez las entregará y serán las propias partes Quienes estarán obligadas a entregárselas a los propios testigos no el juez va a buscar como regla general no va a buscar a los Testigos para entregarle las cédulas Esta es la regla general que las partes insistimos tienen la obligación de presentar a sus testigos pero podría suceder que la parte actora o la parte demandada manifiesten que no les es posible presentar a sus testigos Entonces en este caso bajo protesta de decir verdad las partes manifestarán
las razones o los motivos por los que no pueden presentar a sus testigos se lo van a informar al juez Por qué es que no les es posible a la actora o al demandado eh presentar a sus testigos el día que tenga lugar el desahogo de la audiencia de juicios en entonces durante esto para qué Para que en la audiencia preliminar que ya decíamos es el momento en que se admite a trámite esta prueba testimonial la autoridad judicial ordene la citación al testigo con un apercibimiento En qué consiste ese apercibimiento que en caso de desobediencia
se le impondrá a este la medida de Premio que considere la autoridad jurisdiccional y que garantice la pronto resolución del juicio Entonces qué implica esto por ejemplo la parte actora manifiesta bajo protesta decir verdad que no puede presentar a sus testigos a uno de ellos o a ambos tal vez si es que el juez reduce el testigo a dos los las testimoniales a dos personas Bueno pues en este caso el juez la autoridad jurisdiccional ordenará que se le cite al testigo personalmente por conducto del notificador del juzgado y ese testigo estará percibido que en caso
de incomparecencia se le impondrá una medida de apremio por ejemplo que podría ser una multa entonces ahí tenemos un caso en el cual las partes no pueden presentar a sus testigos y le solicitan a la autoridad judicial que sean citados personalmente ahora si el testigo citado como lo hemos mencionado anteriormente no asistire a rendir a su su declaración en la audiencia de juicio que haya sido programada para tal efecto la autoridad jurisdiccional hará efectivo el apercibimiento como eh lo habíamos mencionado tal vez una multa y eh reprogramará el desahogo de la audiencia en una nueva
fecha para que eh el testigo se presente esto de acuerdo al párrafo sexto del artículo 292 del código Nacional de procedimientos civiles y familiares sin embargo Cabe destacar que si el testigo debidamente citado no se presentara a la primera citación o haya temor fundado de que se ausente o se oculte el juez eh eh solicitará el o o aplicará el uso de la fuerza Pública para lograr su compadre esencia para ello requerirá El auxilio de las autoridades que cuenten eh con eh la fuerza pública Como por ejemplo el poder ejecutivo el punto es o la
finalidad es lograr la comparecencia del testigo e incluso reiteramos se puede hacer uso de la fuerza Pública para tal efecto sin embargo en caso de que el testigo no se presente ap pesar de que se uso se usó Perdón la fuerza pública En este caso pues la prueba se declarará de cierta es decir no se recibirá la la declaración del testigo no se recibirá esta prueba testimonial porque pues el proceso no se puede prorrogar indefinidamente por la incomparecencia del testigo entonces ahí la parte oferente eh se verá Sí por supuesto perjudicada porque ya no se
escuchará el testimonio de esa persona pero pues son las reglas que contempla la ley para evitar retrasos en el proceso también Cabe destacar que la prueba se de testimonial se puede declarar de cierta si el oferente cuando se comprometió a presentar a su testigo no lo presentó y no hay una causa justificada de la inasistencia del testigo es decir si la parte actora se comprometió a presentar a sus testigos el día de la audiencia de juicio y resulta que en esa fecha la parte actora se presentó sin esos testigos y no justificó debidamente la inasistencia
de los mencionados Testigos Entonces en ese caso se declarará de cierta la prueba testimonial ofrecida por la por esa parte actora por falta de interés procesal muy bien Ahora Igualmente será declarada de cierta esta prueba testimonial En caso de que el señalamiento del domicilio de algún testigo resulte inexacto O tal vez el domicilio simple y sencillamente No existe o bien de comprobarse que se solicitó la citación de un testigo con el único propósito de retardar el proceso entonces en estos casos cuando por ejemplo la parte actora mencionó un domicilio que era inexacto realmente no era
ahí donde vivía el testigo o el domicilio no existe o se acredita que la parte actora ofreció la puerta la prueba testimonial o la parte seguramente sería la demandada ofreció la la prueba testimonial con la finalidad de retrasar el procedimiento pues entonces eh poniendo ahí un domicilio en donde no lo iban a encontrar o nadie le iba a abrir etcétera pues entonces en ese caso también la prueba será declarada de cierta y no se recibirá posteriormente ahora bien a continuación analizaremos El desahogo de esta prueba es decir las reglas contempladas en el artículo 294 del
código Nacional de procedimientos civiles y familiares número uno las personas que tengan la calidad de Testigos serán protestadas para conducirse con verdad Al iniciar la audiencia se recabarán sus datos generales su domicilio su escolaridad su estado civil etcétera y también se procederá a su traslado y separación en el área de Testigos correspondiente hasta que sean llamados a declarar esto que significa Bueno pues es importante que los eh testigos se conduzcan con verdad es decir que eh mencionen lo que saben ante el tribunal lo que les cona y no digan mentiras y para ellos les toma
la correspondiente protesta pero después de ello y después de recabar sus datos generales por parte del juez se procede a su traslado a una habitación especial en donde los Testigos tendrán que esperar su turno cuando sean llamados Por qué los Testigos son separados o por qué son llamados eh a eh o llevados mejor dicho a esta habitación especial de espera bueno porque lo que se trata de evitar es que los Testigos se comuniquen entre sí para para responder en el mismo sentido o o o responder de la misma forma a las preguntas que se han
formuladas durante el interrogatorio Por qué Porque la declaración de los Testigos debe ser espontánea y lo que diga un testigo no debe estar influenciado por lo que dijo otro testigo entonces mencionemos un ejemplo si la parte actora ofreció eh dos pruebas testimoniales Entonces el primer los dos testigos serán eh enviados a esta a estas habitación para que esperen su turno Y entonces uno pasará eh sucesivamente después de otro Entonces esto Qué significa Por ejemplo si son dos testigos que se llaman Raúl y Beto primero será llamado a declarar Raúl y Beto permanecerá en la sala
para que no escuche lo que diga Raúl una vez que concluyó la o concluya la declaración de Raúl será llamado Beto también a declarar eh sin haber escuchado a Raúl con la finalidad de que la declaración de Beto sea espontánea y No utilice lo que dijo Raúl para que eh sus eh declaraciones sean coincidentes ahora bien número dos el interrogatorio estará a cargo de la parte oferente Quien será responsable de justificar la credibilidad e idoneidad del testigo esto que significa que si la parte actora ofreció la prueba testimonial el abogado de la parte actora es
quien interrogará a sus propios testigos reiteramos si los testigos de la parte actora son Raúl y Beto Entonces el abogado de la parte actora es quien interrogará tanto a Raúl como a Beto y entonces tienen que hacer eh el abogado tiene que construir un interrogatorio que genere credibilidad eh en en el ánimo del juzgador de que sus declaraciones son veraces que es cierto todo lo que están diciendo y además de que son los testigos idóneos de que les consta lo que lo que ellos eh están manifestando es decir por ejemplo que fueron testigos presenciales y
también deberán de plantear El eh Como decíamos Pues el la parte actora o su por conducto de su abogado o la parte demandada por conducto de su abogado o su abogada plantearán el interrogatorio correspondiente conforme a los hechos controvertidos que son objeto de la prueba ahora bien número tres Eh puede existir la posibilidad de un contrainterrogatorio que estará a cargo de la contraparte esto Qué significa por ejemplo el testigo número uno que se llama Raúl que es quien es testigo de la parte actora comparecerá a declarar y en principio será interrogado por el abogado de
la parte actora entonces una vez que el abogado de la parte actora haya interrogado a Raúl insistimos Raúl es testigo ofrecido por la parte actora bueno posteriormente al interrogatorio del abogado se le dará el uso de la voz al abogado de la contraparte Es decir de la parte demandada para que formule si es que así lo desea un contrainterrogatorio a ese mismo testigo Raúl Entonces como decíamos el contrainterrogatorio estará a cargo de la la contraparte quién podrá formular preguntas tendientes tanto a desvirtuar la credibilidad del testigo tal vez el abogado de la parte demandada pretende
hacer preguntas para que se demuestre que el testigo eh eh tiene contradicciones En su declaración y que por lo tanto no le constan los hechos eh Y también eh incluso podríamos hablar que estas preguntas podrían eh estar relacionadas con la falta de idoneidad del testigo En su declaración Entonces en este caso pues podríamos tener a testigos que tal vez si tengan algún interés en el juicio no Entonces ya no serían testigos idóneos por ejemplo tal vez el abogado de la parte eh demandada al hacer el contrainterrogatorio pues hace preguntas tendientes a demostrar que no es
un testigo idóneo porque tiene un interés en el juicio quiere que gane la parte actora cuando la regla general es que los Testigos deben ser imparciales Entonces esta esta podrían ser un par de finalidades que se busquen con el contrainterrogatorio ahora el el interrogatorio y contrainterrogatorio debe formularse en términos sencillos claros y precisos esto que significa que el testigo debe comprender las preguntas no deben de ser preguntas eh eh confusas con términos o o utilizando tecnicismos en materia jurídica que no comprendan quienes están declarando eh Y por supuesto evitar que esas preguntas tengan como finalidad
eh confundir al testigo para que caiga en error entonces por eso las preguntas deben ser sencillas claras precisas Y deben dirigirse a los hechos controvertidos objeto de la prueba esto Qué significa hay que evitar durante el interrogatorio y contrainterrogatorio preguntas ociosas que no tengan nada que ver con el asunto e será libre y secreto Perdón libre y directo este interrogatorio y se hará bajo la completa responsabilidad de quien los formule ya lo decíamos son los abogados de las partes quien hacen lo los interrogatorios atendiendo a los fines propios de su postulación y debate Es decir
para eh el oferente seguramente hará las preguntas para acreditar los hechos en materia de de la liti que justifican su pretensión y la parte demandada seguramente que erá eh decidirá formular un interrogatorio con el objetivo de generar incredulidad en la declaración del testigo restar credibilidad en lo que haya dicho durante durante la audiencia de juicio y también demostrar su falta de idoneidad ahora bien agotado el interrogatorio del oferente eh Como decíamos se procederá al contrainterrogatorio de la contraparte sin perjuicio de poder formularse un reinter rogator a cargo del oferente o rec contrainterrogatorio a cargo de
la contraparte respectivamente sin que puedan autorizarse preguntas que debieron formularse con anterioridad esto Qué significa bueno si nos si si nosotros estructuramos estas estas participaciones en orden cronológico en principio eh tomando el ejemplo de la parte actora y sus testigos eh Raúl y Beto vamos a pensar que el primer testigo es Raúl el interrogatorio es formulado por el abogado de la parte actora a este testigo de nombre Raúl después como ya lo habíamos dicho se le da el uso de la voz al abogado de la parte demandada si es que quiere hacer un contrainterrogatorio si
así lo hace terminado ese contrainterrogatorio una vez más el juez le da el uso de la voz al abogado de la parte actora En caso de que quiera formular un reinter rogator que va insistimos después del contrainterrogatorio eh Ya que pues tal vez el abogado se percate de que en el contrainterrogatorio se hicieron algunas preguntas y el testigo dijo información que tal vez debe ser aclarada no entonces podría ser esta la oportunidad de hacer un reinter rogator y terminado eh Es es reinter por eh por la parte actora una vez más por segunda ocasión se
le da el uso de la voz a la parte demandada para en su caso hacer un recontra interterror a ese mismo testigo Raúl entonces aquí podemos darnos cuenta como un mismo testigo que en el ejemplo Raúl está contestando a un interrogatorio contrainterrogatorio reinter rogator Y recontra interrogatorio entonces aquí eh el juez eh tiene que vigilar que no se hagan preguntas que se hicieron anteriormente es decir que al testigo no le estén formulando eh preguntas repetitivas e por ejemplo que en el contrainterrogatorio no se hagan preguntas que ya se habían hecho en el interrogatorio o lo
mismo que en el reinter rogator no se hagan preguntas que ya se habían hecho en el interrogatorio o en el contrainterrogatorio muy bien Ahora cada una de las partes tiene el derecho de objetar las preguntas formulada formuladas por por su contraparte es decir oponerse a esa pregun a que esa pregunta sea calificada como legal y en consecuencia que no conteste el testigo por ejemplo eh eh la parte demandada hace un contrainterrogatorio respecto de ese testigo Raúl regresando al mismo caso entonces la parte actora Al escuchar las alguna de las preguntas del contrainterrogatorio podría objetar lasas
para evitar que el testigo conteste Entonces en este caso quien haga la objeción tiene que exponer brevemente las razones que sustentan su objeción es decir por qué se opone a que la pregunta sea calificada como legal en este caso quien formule la pregunta en el ejemplo la parte demandada será escuchada ya sea para que defienda o retire La pregunta es decir si la parte actora objeta la pregunta de la parte demandada esta última tendrá la oportunidad de decidir si defiende la pregunta con la finalidad de que el el testigo la Conteste pues entonces manifestará los
motivos de su defensa o bien puede ser que diga el abogado de la parte demandada reti me pregunta y hago alguna otra o la reformulo Y entonces sobre todo si eh la la persona que hace la pregunta por ejemplo en la parte demandada defiende esa pregunta para que la el testigo Conteste pues entonces aquí el juez tendrá que resolver esa objeción hecha en el ejemplo por la parte actora ahora bien están permitidas las preguntas para destruir la idoneidad y la credibilidad del testigo como ya lo habíamos dicho pero hay que eh poner atención en en
una en esta cuestión que está contemplada en el código nacional consistente en que además de la pregunta podrán exhibirse y ofrecerse en su caso pruebas documentales para justificar esa falta de idoneidad o credibilidad por ejemplo podrías suceder que el testigo al contestar Por ejemplo las preguntas generales o el interrogatorio niega que tenga algún interés con las partes por ejemplo Raúl niega que tenga algún tipo de Perdón no de interés de parentesco Raúl niega que tenga algún tipo de parentesco con la parte actora Quién fue quien lo presentó bueno Raúl negó que tuviera un parentesco sin
embargo Al momento de hacer esta eh pregunta el abogado de la parte demandada a Raúl no eh con la finalidad de saber si existe o no un parentesco pues exhibe una prueba para eh desacreditar lo que ha dicho el testigo en relación a ese parentesco es decir ofrece una prueba documental consistente en un acta de nacimiento o o en eh un acta de nacimiento un acta de matrimonio por ejemplo con lo cual acredita que tiene algún parentesco con con con la parte actora a la mejor es su hijo a la mejor es su hermano a
la mejor es su primo A la mejor es su cónyuge etcétera entonces aquí eh el problema no es que el testigo tenga un parentesco con eh la parte actora Por supuesto que los parientes de las partes pueden ir a declarar el problema fue que el testigo negó ese parentesco Y entonces el abogado de la parte contraria demostró lo contrario es decir demostró que Eh sí tienen un parentesco y en esa misma audiencia exhibió una prueba documental Entonces en este caso cuando se ofrezcan pruebas para destruir la idone o credibilidad del testigo solo son admisibles las
pruebas documentales no se puede ofrecer una prueba testimonial para desacreditar un testigo por ejemplo Entonces el juez resolverá lo conducente en la sentencia definitiva es decir Ya esta esta prueba eh que fue ofrecida por las partes para desacreditar al testigo se resolverá en el momento en que se dicte la sentencia definitiva siguiente regla la autoridad jurisdiccional cuenta con la de hacer las preguntes que las preguntas perdón que estime conducentes a las personas que se presenten a la audiencia de juicio en calidad de Testigos siempre y cuando estas preguntas sean de naturaleza aclaratoria sin incorporar información
adicional que correspondía gener a las preguntas a las partes involucradas Perdón entonces esto Qué significa que el juez puede hacer preguntas durante la audiencia al testigo Sí pero solamente preguntas que tengan como objetivo o finalidad eh que obtener algún tipo de aclaración sobre datos que ya había dicho el el testigo tal vez de algún domicilio tal vez al momento de que el testigo dio un domicilio o mencionó un domicilio No no refirió la alcaldía o la calle o la colonia entonces el juez puede hacer preguntas para eh que se hagan ese tipo de aclaraciones pero
el juez no puede hacer preguntas sobre hechos eh que no fueron preguntadas por las partes eso le corresponde a los abogados que están formulando el interrogatorio el juez no puede traer hechos nuevo nuevos a base de preguntas que no fueron formulados por los abogados entonces ahí existe una limitante a la intervención de la autoridad judicial durante el desahogo de esta prueba pero esta regla que acabamos de mencionar no aplica para la materia familiar en cuyo caso la autoridad jurisdiccional estará facultada para cuestionar a la persona sin algún tipo de limitación entonces aquí el juez sí
puede hacer preguntas en materia familiar sobre hechos o relacionadas con hechos que no hayan sido referidas eh Por los abogados de las partes esto en aras de allegarse de la verdad material o también lo puede hacer los jueces en materia familiar cuando adviertan violaciones a derechos humanos y con esto concluimos el video de esta ocasión ustedes pueden visualizar en su pantalla la bibliografía que fue consultada para la creación del mismo y una vez más los invitamos a suscribirse a nuestro canal y también activar la campana de notificaciones para que estén enterados sobre nuestro nuevo contenido
Muchas gracias y hasta la próxima