qué tal sean bienvenidos a un nuevo vídeo de jurídicamente en este vídeo veremos lo relacionado a la prueba pericial primeramente definimos a la prueba pericial como aquella prueba donde se da la intervención de un experto en una determinada ciencia arte o profesional respecto de la cual se aportará al curso una explicación técnica sobre alguna circunstancia en el juicio ahora en qué arte ciencia o profesión se puede requerir una policial bueno esta pregunta tiene cientos de posibilidades ya que depende mucho del proceso en el que se encuentre uno postulando será la prueba pericial necesaria por ejemplo
por materia existen periciales que son muy comunes ejemplo de ello sería en materia mercantil y laboral la aparición en materia de grafoscopía documentoscopía y dactiloscopía son muy comunes pues una objeción común en los documentos que se ofrecen es la relacionada a la falsedad de firma alteración de documentos e incluso niegan la huella dactilar que se encuentran en los documentos ofrecidos por otra parte en materia fiscal puede ser una prueba pericial como la relacionada a la contabilidad es decir existen tantos tipos de prueba experiencia como conocimiento especializado existe en el mundo ahora dependen mucho de la
materia que se esté postulando serán los requisitos que la ley establezca para su crecimiento e incluso para su desarrollo por lo que expondré algunos puntos importantes de acuerdo a los códigos procesales de ciertas materias expondré de forma general sobre la materia civil penal mercantil y laboral primeramente en materia civil los requisitos relativamente son pocos comparado con otras materias en el código federal de procesos civiles para la república mexicana se señala como requisitos para su ofrecimiento 1 que debe indicarse el nombre completo del perito así como el arte ciencia o profesión en la que éste sea
experto 2 deberá indicarse en caso que la ley no requiera el título que ampara la experticia del perito debes acompañar a tu ofrecimiento de tu prueba un interrogatorio o los puntos sobre los que se va a versar tu prueba pericial en este último punto yo te hago tres recomendaciones primero platica previamente con tu proyecto respecto a tu asunto el periodo ofrecimiento de pruebas es suficientemente amplio para que puedas agendar una cita con el perito y le planteas la problemática así él podría incluso hacerte recomendaciones para el interrogatorio dos de interrogatorio el perito no debe ser
técnico no obstante las recomendaciones que pueda hacer del perito recuerda que el experto es él por lo que procura plantear tus puntos de forma general y entendible para cualquier persona 3 ten en mente lo que pretendes acreditar procura que los puntos sobre los que va a basarse tu pericial sean los indicados para acreditar tus pretensiones o tus defensas y excepciones ahora bien la ley no explica los pasos prácticos que prosiguen a la prueba pericial sin embargo te los explico una vez que admite en tu prueba pericial le darán vista a tu contraparte es decir darán
un derecho de réplica a tu contrario para efectos de que amplíen los en la provincia e incluso que proponga su propio pequeño una vez hecho en lo anterior se requería que tu perito se presenta el juzgado para que proteste su cargo que conduzca con probidad en el proceso ahora bien dependiendo del tipo de peritaje que esté solicitando el juzgado podría señalar un día y hora específico para su desahogo o en su caso se desarrollará de forma general con las demás pruebas en tu audiencia de pruebas y alegatos para no extender el vídeo demasiado indicaré sobre
las materias las consideraciones especiales que se tengan al respecto en materia penal las periciales se producen durante los actos de investigación y también durante el proceso sin embargo su exposición se realizará conforme a las reglas de la testimonial el código nacional de procesos penales determina que los peritos deben explicar sus peritajes en la etapa de juicio en donde ambas partes podrán interrogarlo en relación a su dictamen dicho interrogatorio seguirá las mismas reglas de la testimonial pasando la materia mercantil se debe tener cuidado con ciertos aspectos tanto en el ofrecimiento de la prueba pericial como en
seleçao no obstante que la materia civil y la mercantil que comparten cierto parecido a la materia mercantil es bastante más estricta en derecho por contar las pruebas como primer diferencia una obligación en el ofrecimiento de pruebas en general en la materia mercantil a diferencia de otras es que las pruebas incluidas la prisiã debe indicarse el objeto que se pretende acreditar siento ofrecimiento de pruebas no realizar la indicación anterior tu prueba será desechada así también deberás indicar en tu ofrecimiento de pruebas el título o cédula profesional con que sustentará tu periodo ahora bien aimé con lo
que se debe tener un especial cuidado en la prueba prisión en materia mercantil son los términos que establece el artículo mil 253 del código de comercio tanto para la protesta del cargo del perito como para la presentación del dictamen ante el juzgado ya que los plazos se consideran directos es decir nos llevan las reglas de las notificaciones como en materia mercantil se usan a mayor ilustración supongamos que te notifican la vista de la contestación de demanda en un juicio ejecutivo mercantil tu términos de tres días contados desde la notificación sufrió sus efectos lo que en
materia mercantil sucede un día después de haberse realizado la notificación ahora bien comparativamente el plazo para que un perito presente su dictamen se cuenta desde el momento en que se dio la aceptación del cargo computando es el plazo al día hábil siguiente para mayor información al respecto consciente en la tesis de jurisprudencia de rubro dictamen pericial en el juicio ejecutivo mercantil el plazo para su revisión debe computarse a partir del día hábil siguiente a la fecha en que el perito presente su escrito de aceptación y protesta del cargo finalmente en materia laboral tenemos como regla
especial que como todas las pruebas en esta materia deberá rendirse en la audiencia del procedimiento de admisión de pruebas sin embargo con la reciente modificación a la ley federal del trabajo al solicitarse desde el escrito de demanda y en el escrito de contestación de demanda en su caso la pericial se recibirá en audiencia de conformidad con la ley anterior y la actual pues no se modificó ese aspecto en la reforma bueno pues este pedido sería todo no olviden suscribirse al canal para apoyarnos y generar más contenido como este no olviden también dejarnos en los comentarios
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