Bienvenidos a esta formación en prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. La prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo es una obligación fundamental para MACORP, especialmente en nuestras oficinas donde existe contacto directo con el cliente. Por este motivo, las oficinas constituyen el primer punto de control y la primera línea de defensa frente a posibles intentos de utilizar la entidad para fines ilícitos.
El objetivo de esta formación es que comprendáis vuestro papel dentro del sistema de prevención y sepáis cómo actuar correctamente en vuestro trabajo diario. Muchas operaciones de riesgo no se detectan a través de sistemas automáticos ni en controles posteriores, sino en el momento en el que el cliente está delante del mostrador y explica qué quiere hacer. Por eso es tan importante conocer los conceptos básicos y entender por qué se solicita determinada documentación o por qué algunas operaciones requieren una atención especial.
No se trata de desconfiar de todos los clientes, sino de aplicar criterios objetivos y actuar cuando detectemos que la operativa no es acorde con las operaciones habituales. Para comprender el alcance de las funciones, comenzaremos repasando los conceptos básicos del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. A continuación veremos cómo se desarrolla este proceso y por qué la detección temprana resulta clave para nuestra labor en oficina.
El blanqueo de capitales es el proceso mediante el cual se intenta otorgar apariencia de legalidad a dinero procedente de actividades delictivas. Es decir, se trata de ocultar el origen ilícito de los fondos para integrarlos en el sistema financiero como si fueran legítimos. Es importante tener claro que el blanqueo no es algo lejano ni exclusivo de grandes organizaciones criminales, sino que puede manifestarse en operaciones sencillas y habituales como cambios de moneda, envíos de dinero u operaciones realizadas por personas que aparentemente no presentan un perfil de riesgo elevado.
Desde el punto de vista legal, este delito está regulado en el artículo 301 del Código Penal, que castiga no solo a quien obtiene el dinero de forma ilícita, sino también a quien lo posee, lo adquiere, lo utiliza, lo transforma, lo transmite o lo oculta sabiendo que procede de una actividad delictiva. Además, la normativa contempla la responsabilidad por imprudencia grave, lo que significa que no es necesario tener intención de colaborar con un delito. Ignorar señales claras de alerta o no aplicar los procedimientos establecidos también puede tener consecuencias.
Asimismo, se sancionan operaciones realizadas en España, aunque el delito previo se haya cometido en otro país. El proceso de blanqueo de capitales suele dividirse en tres fases. La primera fase es la colocación que consiste en introducir por primera vez el dinero ilícito en el sistema financiero.
Esta es la fase más crítica para las oficinas y por tanto la más relevante para vuestro trabajo diario. En esta etapa pueden aparecer comportamientos como el fraccionamiento de operaciones, es decir, dividir una cantidad elevada en varias operaciones más pequeñas para evitar controles. La falta de una justificación clara del origen de los fondos, respuestas imprecisas ante preguntas básicas o actitudes de nerviosismo e incomodidad por parte del cliente.
La segunda fase es la estratificación o encubrimiento. En esta fase, el dinero se somete a múltiples operaciones con el objetivo de dificultar su seguimiento y romper su trazabilidad. Para ello pueden utilizarse transferencias sucesivas, cambios repetidos de divisa, envíos a diferentes personas o países o estructuras complejas con intermediarios que actúan en nombre de terceros.
La tercera y última fase es la integración. En este momento los fondos ya aparentan ser legítimos y se incorporan a la economía formal mediante compras, inversiones, ingresos ficticios o actividades económicas normales. Comprender estas fases nos permite identificar operaciones incoherentes, patrones inusuales y comportamientos que no encajan con el perfil del cliente.
La detección temprana es fundamental, ya que es en la fase de colocación donde nuestro trabajo como empleados de oficina puede tener un mayor impacto en la prevención del blanqueo de capitales. Además del blanqueo de capitales, la normativa en materia de prevención obliga a prestar especial atención a la financiación del terrorismo. Aunque ambos conceptos están relacionados, es importante entender que no son lo mismo y que presentan diferencias relevantes, especialmente desde el punto de vista operativo en oficinas.
Mientras que el blanqueo de capitales se centra en ocultar el origen ilícito del dinero, la financiación del terrorismo intenta ocultar su destino. La financiación del terrorismo consiste en el suministro, la captación, el depósito, la distribución o la utilización de fondos o bienes por cualquier medio de forma directa o indirecta, con la intención de utilizarlos o con el conocimiento de que serán utilizados total o parcialmente para la Comisión de Delitos de Terrorismo regulados en el Código Penal. Una de las principales particularidades de este delito es que los fondos pueden tener un origen completamente legal.
Por ejemplo, pueden proceder de salarios, pensiones, ayudas públicas, donaciones o pequeñas aportaciones realizadas por distintas personas. Lo relevante no es de dónde procede el dinero, sino que termina siendo utilizado para apoyar actividades terroristas como la financiación de desplazamientos, la logística, el reclutamiento o la adquisición de materiales. Precisamente por este motivo, la detección de la financiación del terrorismo es más compleja que la del blanqueo de capitales, ya que no se basa únicamente en el análisis del origen de los fondos.
sino en el destino final y en el contexto de la operación. Desde el punto de vista práctico, esto significa que operaciones de importe reducido, que en otros contextos no generarían sospecha, pueden ser relevantes cuando se repiten con frecuencia o no encajan con el perfil del cliente. En la financiación del terrorismo no siempre hay grandes cantidades ni operaciones complejas.
Las operativas suelen ser pequeñas, repetitivas y realizadas por personas que no presentan antecedentes delictivos ni un perfil de riesgo elevado. Por ello, en oficinas es fundamental analizar siempre el contexto de la operación, teniendo en cuenta aspectos como el país de destino, la relación con el receptor, la frecuencia de las operaciones, la profesión declarada del cliente y la coherencia global de la operativa. Este riesgo puede manifestarse de distintas formas, como envíos frecuentes de dinero a determinados países o zonas consideradas de riesgo, operaciones realizadas por clientes que actúan en nombre de terceros sin una justificación clara o la utilización de intermediarios para fragmentar envíos y dificultar su seguimiento.
Otro aspecto relevante dentro del marco normativo de prevención es la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva. Este concepto incluye las actividades vinculadas a la captación y al movimiento de fondos destinados al desarrollo, adquisición o utilización de armas nucleares, químicas o biológicas. En este ámbito cobran especial importancia las sanciones internacionales y las listas de personas, entidades y países sujetos a medidas restrictivas.
Estas sanciones son de obligado cumplimiento y exigen bloquear activos y evitar cualquier tipo de operación con personas u organizaciones incluidas en dichas listas. Las entidades financieras deben verificar que ningún cliente esté vinculado directa o indirectamente con estos programas o con países sancionados. Por este motivo es fundamental respetar siempre los procedimientos internos, especialmente en lo relativo a la correcta identificación del cliente, la comprobación de listas de sanciones y el análisis de operaciones internacionales.
Cualquier coincidencia, indicio o duda debe tratarse con especial cautela y comunicarse a través de los canales establecidos. En resumen, mientras que en el blanqueo de capitales el riesgo está en dar apariencia de legalidad a dinero de origen ilícito, en la financiación del terrorismo y de la proliferación, el riesgo está en el uso que se hace del dinero. En ambos casos, el papel del empleado en oficina es clave para detectar operaciones que no encajan y actuar conforme a los procedimientos internos.
Todas las actividades relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo se regulan dentro de un sistema normativo sólido y estructurado. La normativa de prevención del blanqueo de capitales tiene su origen en el seno de la Unión Europea con el objetivo de establecer criterios comunes y reforzar los controles en todos los Estados miembros. En España, el marco normativo en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo está definido por la Ley 10 de 2010 y por su reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 304 de 2014.
La autoridad responsable de supervisar su cumplimiento es el Setblck, que actúa como Unidad de Inteligencia Financiera española. En este contexto destacan la directiva 2024/1640 y el reglamento 2024/624 como las principales novedades legislativas. Este último reglamento establece normas directamente aplicables en todos los estados miembros, refuerza la identificación del titular real, amplía las obligaciones de diligencia de vida y fija un límite de 10,000 € para los pagos en efectivo dentro de la Unión Europea, aunque en España se ha fijado un límite inferior, 1000 € Conta normativa clara, es fundamental comprender cómo se articula el sistema de prevención dentro de MACorp y cuáles son las obligaciones específicas de las oficinas.
El sistema de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo se apoya en un marco normativo muy concreto que todas las entidades obligadas deben cumplir. Este marco establece obligaciones claras que afectan directamente al trabajo diario en oficina. Por otro lado, en el ámbito internacional, organismos como el GAFI, Grupo de Acción Financiera Internacional, fijan estándares globales en materia de PVC, FT, mientras que entidades como la OFAC, la Oficina de Control de Activos extranjeros, es un organismo de control financiero dependiente del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
publican listas de sanciones y contramedidas que también deben ser observadas para garantizar la integridad y legalidad de las operaciones. En resumen, el marco normativo existe para proteger a la entidad y a sus empleados. Cumplir los procedimientos no es una formalidad, sino una obligación legal que forma parte del trabajo diario en oficina.
MACORP cuenta con un sistema de control interno sólido y estructurado, diseñado para asegurar el cumplimiento de la normativa en materia de prevención, del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, así como para gestionar adecuadamente los riesgos asociados. Este sistema no es abstracto. Se traduce en procedimientos concretos que afectan directamente al trabajo diario en oficina.
Dentro del sistema de control interno existen distintos niveles de responsabilidad. Cada uno tiene un papel definido, pero todos son necesarios para que el sistema funcione correctamente. La responsabilidad última recae en el órgano de administración, pero el correcto funcionamiento depende en gran medida de la actuación diaria de los empleados.
Los principios clave de la gobernanza corporativa incluyen actuar con diligencia y buena fe, cumplir las políticas de riesgo de clientes, reportar y cooperar con la Unidad operativa de Prevención UOP ante la aparición de operaciones sospechosas y mantener absoluta confidencialidad en todas las medidas y análisis relacionados con la prevención del blanqueo de capitales. El empleado de oficina tiene un papel fundamental. es quien mantiene el contacto directo con el cliente, solicita la documentación, escucha las explicaciones sobre el origen de los fondos y observa el comportamiento durante la operación.
Por ello, su función es clave para detectar situaciones que no encajan con la normalidad. Es importante destacar que el empleado no debe investigar ni determinar si existe un delito. Su responsabilidad es aplicar los procedimientos establecidos, observar con atención y comunicar cualquier indicio de riesgo siguiendo los canales internos.
Esto implica, por ejemplo, verificar correctamente la identidad del cliente, comprobar que la documentación aportada es válida y coherente y asegurarse de que la operación solicitada tiene sentido respecto al perfil del cliente. Cuando surgen dudas razonables, la actuación correcta no es ignorarlas, sino comunicar la situación de forma clara, objetiva y completa. Para ello, Macorp ha desarrollado el manual de prevención del blanqueo de capitales actualizado por última vez en marzo de 2025 y disponible para todos los empleados en la intranet de la entidad.
El sistema de control interno se estructura en varias líneas de defensa. La primera línea la constituyen los empleados de oficina como auxiliares administrativos de caja, los responsables de oficina y los responsables de región, encargados de aplicar las medidas de identificación del cliente, verificar la coherencia de las operaciones, solicitar información adicional cuando sea necesario, detectar señales de alerta y comunicar comportamientos inusuales mediante el procedimiento interno establecido. La segunda línea incluye la unidad operativa de prevención, el departamento de cumplimiento y el departamento jurídico que supervisan las operaciones, revisan expedientes, resuelven dudas, actualizan procedimientos y determinan si alguna comunicación interna debe elevarse al setblc.
La auditoría interna como tercera línea de defensa es responsable de evaluar de forma periódica la adecuación y eficacia de las políticas y procedimientos para la gestión del riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, conforme a los requisitos normativos y a la política corporativa. La Unidad Operativa de Prevención es la encargada de analizar las comunicaciones internas, valorar el riesgo y decidir si procede realizar una comunicación al SEPBAC. Esta unidad cuenta con formación especializada y con una visión global que no tiene el empleado de oficina.
Por ello, es fundamental que la información comunicada internamente describa los hechos tal como se han producido, sin juicios de valor para facilitar el análisis y la toma de decisiones adecuada. Dentro de la UOP se integran diversas áreas funcionales que trabajan de manera coordinada, la división de cuentas de pago y entidades financieras que controla operativas vinculadas a relaciones bancarias y cuentas. La unidad de seguimiento de clientes de alto riesgo que analiza perfiles sensibles y realiza revisiones reforzadas.
El servicio de revisión que examina documentación y operaciones para asegurar el cumplimiento de los procedimientos. Los agentes externos que deben aplicar las mismas obligaciones que el personal interno y esta área de la UOP se encarga de verificar la correcta aplicación por parte de los agentes. Todo este entramado garantiza que el riesgo sea gestionado de forma eficaz, continua y conforme a la normativa vigente.
El sistema de control interno tiene como objetivo proteger a la entidad, a los empleados y al sistema financiero frente a usos indebidos. Aplicar correctamente los procedimientos forma parte de las obligaciones de todos los empleados y es una garantía tanto para la entidad como para el propio empleado. En oficinas gestionamos operaciones que pueden implicar riesgos elevados, especialmente aquellas relacionadas con efectivo, cambios de divisa y envíos de dinero.
Para ayudar a identificarlas, el anexo 7 del manual recoge un catálogo ejemplificativo de indicadores de riesgo. De cara a mitigar estos riesgos, debemos prestar atención a señales de alerta vinculadas al cliente, a la operación y al medio de pago. Entre las operaciones se deben vigilar movimientos repetitivos.
fraccionados o injustificados, cambios de divisa sin lógica económica, la utilización de varias oficinas o acompañantes para dividir operaciones y características de los billetes como el uso de alta denominación, billetes deteriorados o sucios o divisas de países de alto riesgo. Las señales vinculadas al cliente también pueden alertarnos sobre riesgos de blanqueo de capitales. Entre los indicativos más relevantes se incluyen actitudes nerviosas, incoherencias en explicaciones, falta de colaboración, negativa a proporcionar documentación o insistencia en evitar controles.
Asimismo, debemos prestar atención a clientes con perfiles que no encajan con la naturaleza o el importe de la operación. En el trabajo diario en oficina es fundamental conocer estas operativas de riesgo y las señales de alerta que pueden indicar un posible riesgo de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo. Estas señales no significan automáticamente que exista un delito, pero sí indican que la operación requiere mayor atención y, en su caso, comunicación interna.
Una señal de alerta es cualquier circunstancia que no encaja con el perfil del cliente, con un comportamiento habitual o con el tipo de operación que solicita. Por eso es tan importante conocer al cliente y no limitarse únicamente a cumplir de forma mecánica los procedimientos. Una de las señales es la falta de justificación clara del origen de los fondos.
Cuando un cliente no sabe explicar de forma coherente de dónde procede el dinero, ofrece respuestas vagas o contradictorias o se muestra molesto ante preguntas normales, es necesario prestar especial atención. Otra señal relevante es el nerviosismo excesivo o comportamientos inusuales como prisas injustificadas, cambios de versión, resistencia a facilitar documentación o intentos de influir en el empleado para que no haga determinadas comprobaciones. El uso de intermediarios sin justificación clara es otro indicador de riesgo.
Por ejemplo, clientes que actúan habitualmente en nombre de terceros, sin poder explicar la relación con la persona para la que realizan la operación o que presentan documentación. También puede ser una señal de alerta. Las operaciones que no guardan relación con la actividad o el perfil económico del cliente deben analizarse con mayor detalle.
Un importe, frecuencia o destino que no encajan con lo habitual puede ser una señal de alerta. Por último, una de las prácticas más habituales de blanqueo de capitales es el fraccionamiento de operaciones, que consiste en dividir una cantidad elevada en varias operaciones más pequeñas para evitar controles o justificar importes inferiores. Esto puede darse tanto en cambios de moneda como en envíos de dinero.
Por ejemplo, un cliente que acude varios días seguidos para realizar operaciones similares por importes ligeramente inferiores a determinados umbrales o que utiliza a distintas personas para realizar operaciones relacionadas, puede estar intentando fraccionar una operación mayor. Es importante recordar que una señal de alerta por sí sola no implica necesariamente una comunicación. Sin embargo, cuando se acumulan varias señales o la situación genera una duda razonable, la actuación correcta es comunicar internamente la operación para que sea analizada por la unidad operativa de prevención.
La detección temprana de estas señales en oficina es clave para el buen funcionamiento del sistema de prevención y para proteger tanto a la entidad como a los propios empleados. Nuestra tarea más importante como empleados es entender qué debemos hacer en el día a día. Entre otras obligaciones, debemos identificar correctamente al cliente, conocer el propósito y la naturaleza de las operaciones, vigilar aquellas que no encajan con el perfil del cliente y comunicar internamente cualquier indicio de riesgo.
También establece la obligación de conservar documentación, aplicar medidas de diligencia de vida y reforzar los controles en situaciones de mayor riesgo. Por ello, uno de los pilares básicos del sistema de prevención es el conocimiento del cliente, también conocido como KYC, Know Your client, por sus siglas en inglés. Conocer al cliente no significa solo identificarlo formalmente, sino entender quién es, a qué se dedica y cuál es el propósito de la relación comercial o de la operación que realiza.
La identificación formal del cliente es obligatoria antes de realizar cualquier operación. Esto implica comprobar la identidad mediante documentación válida y en vigor y asegurarse de que la persona que realiza la operación es realmente quien dice ser. Una identificación incorrecta o incompleta supone un riesgo importante para la entidad.
Además de la identificación, es necesario valorar el perfil de riesgo del cliente. No todos los clientes presentan el mismo nivel de riesgo, por lo que no todos requieren las mismas medidas de control. La normativa distingue distintas categorías de clientes en función de factores como su actividad, comportamiento, tipo de operaciones o vinculación con determinados países.
A partir de esta clasificación se determinan las medidas de diligencia que deben aplicarse. pueden ser de riesgo bajo donde la diligencia de vida es simplificada, riesgo normal en el que aplicamos las medidas de diligencia de vida normales o riesgo alto donde la diligencia debe ser reforzada a clientes tales como personas con responsabilidad pública PRP, clientes con operativas de cambio de moneda superiores a 6,000 € acumulables en el trimestre o clientes ruso y bielorrusos. En estos casos se deberá remitir a la UOP copia de los documentos identificativos, copia de los documentos sobre empleo, origen de los fondos y cualquier otra documentación que la UOP considere oportuna.
La correcta aplicación del KYC es esencial para detectar comportamientos sospechosos y evitar riesgos innecesarios. Dentro de los clientes de alto riesgo destacan las personas con responsabilidad pública, PRPs, que incluyen a quienes desempeñan o han desempeñado funciones públicas relevantes, así como a sus familiares más próximos, cónyuge o pareja, padres, hijos y personas reconocidas como allegados. Este tipo de clientes presenta un mayor nivel de riesgo y requiere medidas de diligencia reforzada.
En servicios de pago deben completar el formulario del anexo 5 si las operaciones superan 1500 € por operación o por acumulado trimestral y aportar documentación del origen de los fondos, incluyendo búsquedas en internet para revisión de la UOP. En cambios de divisas se solicita copia del documento de identidad en todas las transacciones y el formulario anexo 5 cuando la operación o el acumulado trimestral supera 3,000 € incorporando también búsquedas en internet. En la práctica, las operaciones realizadas por PRPS deben analizarse con mayor detalle y cualquier circunstancia que no encaje con su perfil debe comunicarse internamente.
Otro aspecto clave es el cumplimiento con las sanciones internacionales. Existen listas de personas, entidades y países sujetos a medidas restrictivas que deben respetarse de forma estricta. Operar con personas o países sancionados puede tener consecuencias graves.
Por ello, es fundamental realizar las comprobaciones establecidas y respetar las instrucciones internas, especialmente respecto a países de riesgo como Rusia o Bielorrusia. Respecto a Rusia y Bielorrusia, no se pueden abrir cuentas ni ejecutar operaciones para residentes o entidades de esos países, ni operar con rublos o con personas y empresas sancionadas. Se permite vender euros a residentes en España con NIE, siempre dentro de límites estrictos y firmando declaración de no trasladar los fondos a esos países.
Se permite la venta de euros únicamente para uso personal con un límite máximo de 500 € al día o por operación, un límite de 1,000 € acumulado y 2,500 € acumulado trimestral. Por último, en el caso de clientes rusos y bielorrusos, si el cliente solicita una cantidad superior al límite máximo diario, deberá demostrar que van a estar más de 5 días en la Unión Europea o el motivo específico por el que necesitan para gastos en la Unión Europea y en todo caso firmar la declaración que no se llevarán los euros sobrantes a Rusia. De cara a detectar posibles clientes sancionados o PRPS, la entidad realiza un filtrado obligatorio y permanente de clientes, candidatos y participantes en transacciones mediante listas oficiales de sancionados emitidas por la Unión Europea y la ONU.
Adicionalmente, se utilizan listas de la Secretaría del Tesoro de Estados Unidos, listas OFAC y listados de PRP. mediante una herramienta automatizada que contrasta en tiempo real a todas las personas intervinientes antes y durante cada operación. Cualquier coincidencia con un nombre de estas listas genera una alerta que debe ser analizada.
Si se trata de un falso positivo, la transacción puede ejecutarse tras la verificación. Si la coincidencia es real, se comunica a la UOP y la operación se detiene. El sistema se mantiene actualizado automáticamente con los cambios en las listas internacionales y de PRPS.
Por ello, en caso de detectarse una coincidencia con un nombre por parte del empleado, deberá analizarse si se trata de una coincidencia real y es la misma persona, o, por el contrario, es un falso positivo y debe descartarse la coincidencia. La identificación formal de un cliente abarca a todas las personas físicas o jurídicas que pretendan establecer relaciones de negocio o intervenir en operaciones. Con carácter previo al establecimiento de la relación de negocios o a la ejecución de cualquier operación, los empleados de oficina deben verificar la identidad de los intervinientes mediante documentos feacientes, los cuales se indican en la tabla.
Para personas físicas de nacionalidad española o residentes, el pasaporte español solo podrá admitirse en circunstancias excepcionales como renovación, pérdida o sustracción del DNI, urgencias debidamente justificadas, clientes españoles no residentes o en tránsito internacional. Esta medida asegura que la verificación sea confiable y conforme a la normativa vigente. Otro aspecto fundamental es la identificación de la titularidad real, que permite conocer quién controla al cliente y si actúa por cuenta propia o de terceros.
Se considera titular real a la persona o personas físicas por cuya cuenta se pretenda establecer una relación de negocios o intervenir en cualesquiera operaciones. Cuando un cliente actúe en nombre de un tercero, se recabará la información precisa a fin de conocer la identidad de las personas por cuenta de las cuales el cliente está actuando. Por ello, debemos prestar especial atención a aquellas operaciones en las que haya múltiples intervinientes y detectemos que puedan estar actuando por cuenta de un tercero.
Igualmente, en el caso de las entidades, se considera titular real a la persona física que posee o controla más del 25% del capital o derechos de voto o que ejerce control por otros medios. Es crucial prestar especial atención a operaciones en las que haya múltiples intervinientes para identificar correctamente a quienes actúan por cuenta de terceros. El conocimiento del cliente no es un trámite puntual, sino un proceso continuo que se mantiene a lo largo del tiempo y se actualiza cuando cambian las circunstancias del cliente o de su operativa.
La correcta aplicación de las políticas de conocimiento del cliente, la identificación formal, el filtrado por listas de sancionados y la determinación de la titularidad real son medidas que permiten a la entidad detectar comportamientos sospechosos, prevenir riesgos financieros y cumplir con la normativa vigente de prevención, de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. En Macorp, la identificación formal del cliente es un paso fundamental. No se trata solo de revisar un documento, sino de confirmar que la persona es realmente quien dice ser y que la operación que solicita encaja con su actividad y su perfil.
El cambio de moneda es una de las operativas habituales en oficina y al mismo tiempo una de las más sensibles desde el punto de vista de la prevención del blanqueo de capitales. Por este motivo es fundamental aplicar correctamente el procedimiento establecido. El proceso siempre comienza con la comprobación de que el documento está vigente, que la fotografía coincide y si el cliente actúa en nombre de una empresa, se identifica también al representante.
Toda la información se registra en el sistema y siempre que es posible se utiliza la lectura digital del documento para garantizar mayor precisión. Cuando la operación supera los 1000 € el documento debe digitalizarse y es necesario recoger información sobre la actividad profesional del cliente. Todas las operaciones que superen los 6,000 € deben de aplicar medidas reforzadas y contar con autorización previa de la UOP.
Se le enviará por correo electrónico toda la documentación recabada. Se solicita documentación que acredite el origen de los fondos y en el caso de clientes no residentes con domicilio extranjero se exige una justificación de su residencia en España. Para clientes no residentes se debe cumplir la declaración de pagos en moneda metálica, billetes de banco o cheques al portador mediante el modelo B3 cuando corresponda, mientras que los clientes residentes deben cumplimentar el modelo OEC4 o el B3 si es posible.
Hay varios tipos de declaraciones según importe. o residencia. El modelo E1 se aplica a operaciones superiores a 10,000 € de clientes no residentes en países fuera de la Unión Europea y el modelo S1 a operaciones superiores a 10,000 € de residentes en la Unión Europea o a cualquier operación que supere los 100,000 € Cuando una operación no encaja con el perfil del cliente, presenta importes inusuales o se repite de forma frecuente sin una justificación clara, es necesario extremar la atención y valorar la existencia de señales de alerta, debiendo detener la operación y proceder en tal caso a comunicarlo a la UOP.
Para poder poner en práctica esta teoría, vamos a realizar un caso práctico en el que podremos ver de forma más clara qué acciones debo tomar como empleado. En este caso, un cliente español llega a una oficina de cambio para hacer una operación y solo trae el pasaporte. explica que no tiene el DNI porque lo han sustraído y está en trámite de renovación presentando la denuncia que puso en la policía.
Piense que deberíamos hacer como empleados ante este caso, ¿qué respuesta sería la correcta? Pues bien, en este caso la respuesta correcta es la opción B. El pasaporte puede aceptarse de forma transitoria o excepcional siempre que la situación esté debidamente justificada.
No se trata de rechazar automáticamente la operación ni de considerar el pasaporte como válido de manera habitual. El empleado debe verificar que la justificación cumple con los procedimientos internos antes de proceder, lo cual se cumple en este caso. Como en cualquier otra operación, antes de realizar un envío de dinero, es obligatorio identificar correctamente al cliente y verificar su documentación.
Además, es necesario conocer el motivo del envío, la relación con el beneficiario y el destino de los fondos. Esta información permite valorar si la operación encaja con el perfil del cliente, si la operación supera los 1500 € o la nacionalidad difiere del país de envío, pedimos la declaración MOT 1 y si pasa de 3,000 € requiere la autorización de la UOP, necesitamos justificar el origen de los fondos y la actividad del cliente. Además, el dinero debe enviarse desde una cuenta bancaria a su nombre.
Toda la documentación y los recibos se envían después al servicio de revisión. En resumen, el envío de dinero exige identificación, control y autorización para garantizar operaciones seguras y trazables. Igual que en el caso anterior, para poder poner en práctica esta teoría, vamos a realizar un caso práctico en el que podremos ver de forma más clara qué acciones debo tomar como empleado en el caso de realizar una operación de envío de dinero.
En este caso, un grupo de cinco personas entra a una oficina de envío de dinero y siguiendo instrucciones de uno de ellos que no realiza el envío, cada uno realiza depósitos similares justo por debajo del límite de 3000 € En este caso, ¿qué debería hacer el empleado? La respuesta correcta es la opción B. Se debe detener la operación e informar a la unidad operativa de prevención, ya que podría tratarse de un fraccionamiento.
Aunque cada operación individual esté por debajo del límite y presenten documentación identificativa, el patrón conjunto de los depósitos indica un riesgo potencial que requiere atención y análisis por parte de la UOP. El sistema de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo solo funciona si las señales de alerta se comunican correctamente. Por eso, el reporting interno es una de las obligaciones más importantes del empleado de oficina.
Cualquier indicio, duda razonable o situación que no encaje debe comunicarse a la Unidad Operativa de Prevención utilizando el formulario interno establecido. No se espera que el empleado determine si existe un delito ni que llegue a conclusiones jurídicas. Su función es detectar y comunicar.
Comunicar no significa acusar, sino poner en conocimiento de la UOP una operación o comportamiento que genera dudas para que pueda ser analizado por personal especializado. Es muy importante entender que en prevención es preferible comunicar una situación que finalmente se archive que no comunicar una operación de riesgo. La comunicación interna debe ser clara, objetiva y basada en hechos.
Se debe describir quién interviene en la operación, qué se ha realizado, cuándo ha ocurrido, qué comportamiento o circunstancia genera la duda y cualquier otra información relevante para el análisis. Un aspecto fundamental del reporting interno es la prohibición de revelación. Bajo ningún concepto debe informarse al cliente de que se ha realizado una comunicación interna o de que su operación está siendo analizada.
Informar al cliente supondría una infracción grave y podría tener consecuencias disciplinarias y legales. Para facilitar esta comunicación, el manual de prevención incluye un formulario en el cual se debe describir el comportamiento observado, aportar documentación relevante y explicar por qué se considera que existe un riesgo. La U o P es la encargada de analizar la información y decidir si procede enviarla al Setblck.
Nunca se debe informar al cliente de estas acciones, ya que esto incumpliría la normativa. Además del reporting en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, Macorp dispone de un canal interno de información, también conocido como canal ético. Este canal permite comunicar de forma confidencial otras irregularidades o conductas contrarias a la ley o a la normativa interna, incluyendo delitos como estafa, malversación, corrupción, trata de seres humanos, entre otros.
Todas las comunicaciones a través de este canal se gestionan con absoluta discreción, garantizando la confidencialidad del informante y su protección frente a represalias conforme a la normativa vigente. El uso responsable de estos canales no solo es una obligación legal, sino también una garantía para la entidad y para los empleados. El papel de las oficinas es esencial dentro de esta estructura de control.
Aplicar correctamente los procedimientos, mantener una actitud vigilante y comunicar cualquier comportamiento anómalo son las herramientas más efectivas para proteger a la entidad y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo. Para concluir la formación, llega el momento en que cada participante pone en práctica todo lo aprendido a lo largo del curso. Para realizar la prueba de conocimientos, debe acceder a la intranet, donde encontrará el test en prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Esta evaluación es obligatoria para todos los empleados y se dispone de 15 minutos para completarla. Con esta evaluación se cierra el proceso formativo. Es el paso final para afianzar los conocimientos adquiridos y confirmar que cada participante está preparado para aplicarlos en su actividad diaria.
Una vez finalizada la prueba, la formación quedará oficialmente completada. Además, es importante reforzar los mensajes clave que deben quedar claros. La prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo no es responsabilidad exclusiva de un departamento concreto, sino una obligación compartida.
en la que el papel del empleado de oficina es esencial. En el día a día, la prevención se materializa en acciones concretas. Identificar correctamente al cliente, solicitar y revisar la documentación, conocer el propósito de la operación, prestar atención al comportamiento del cliente y detectar señales de alerta cuando algo no encaja.
Estas señales no deben ignorarse ni minimizarse. Cuando existe una duda razonable, la actuación correcta es comunicar internamente la situación siguiendo los procedimientos establecidos. Comunicar protege tanto a la entidad como al propio empleado.
La normativa no busca dificultar la operativa ni generar desconfianza hacia los clientes. Su objetivo es evitar que el sistema financiero sea utilizado con fines ilícitos y garantizar la integridad de la actividad. Aplicar correctamente los procedimientos, respetar las sanciones, cumplir con las obligaciones de identificación y utilizar los canales internos cuando sea necesario, forma parte de las responsabilidades del puesto y asegura la efectividad del sistema de prevención.