Hola, chauatuti. Bueno, finalmente estamos en nuestro cónclave, muy juntitos, casi pegaditos al cónclave que está teniendo en estos momentos lugar en Chitá, Vaticano. Estamos con nuestro cónclave aún dentro del Senado en la Comisión de Asuntos Constitucionales que, bueno, van para adelante, van para atrás.
En verdad hay como un silencio, es poco lo que se filtra, algunas cositas, algunas frases, algunas posibilidades de rechazar o de o de avanzar. En resumidas cuentas, lo que tengo que contarles para ustedes en materia de actualización con lo que tiene que ver con las enmiendas, nuestro radio enmienda. Les tengo que decir que en el día de ayer han sido rechazadas varias enmiendas y a su vez el gobierno aprovechó para presentar dos más.
Ahora enseguida te cuento de qué se tratan estas enmiendas que fueron rechazadas y que perdieron total Estado parlamentario y las nuevas propuestas que presentó el gobierno. Quédate hasta el final porque nadie está contando sobre estas últimas. No están tan mal.
Vamos a ver un poco de contexto. Recordemos que estamos dentro del debate del decreto ley 362025 y su proyecto 1432. ¿Qué sucede?
Luego de haber sido presentadas y aprobadas 105 enmiendas en esta semana, en realidad empezó la semana pasada, pero en esta semana finalmente se comenzaron a revisar y en el día de ayer el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado presentó cuáles son las enmiendas que no pasarían a la siguiente etapa del debate, es decir, que serían automáticamente descartadas. ¿Cuál es el fundamento jurídico que utiliza el Senado para declarar inadmisibles estas enmiendas? Es el artículo 97 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Senado.
El artículo 97 del Reglamento Interno del Senado establece que serán rechazadas aquellas enmiendas que se alejen o no tengan que ver específicamente con el objeto principal del texto de la ley que se está tratando o revisando dentro del mismo Senado. ¿Cuáles fueron las enmiendas rechazadas? Les digo los números para ustedes que me siguen en radio enmiendas.
fueron rechazadas dos, la enmienda 3, la enmienda 71, la enmienda 74, la enmienda 90, la 101, la 102, la 103, la 104 y la 105. Además del rechazo de estas enmiendas, el gobierno propuso dos enmiendas más, 500 y 501. En general, este grupo de enmiendas tienen que ver con la posibilidad de adquirir la ciudadanía por parte de aquellos menores de edad, hijos de extranjeros que han nacido en Italia o han vivido hasta los 12 años o cursado estudios primaria, secundaria y hasta universitaria.
Vamos a ver un poquito de qué se trata estas enmiendas que ya no van a ser tratadas en el Parlamento. Así, la enmienda dos proponía la posibilidad de que los menores nacidos en Italia o residentes en Italia hasta los 12 años que hubieran cursado por lo menos 5 años de escolaridad italiana pudieran adquirir de modo más simple la ciudadanía italiana. En cuanto a la enmienda tres, se trata de la ciudadanía por finalización del ciclo escolar obligatoria.
Esto presentaba la posibilidad de que los jóvenes que terminaran el ciclo escolar obligatorio en Italia pudieran acceder a la ciudadanía antes de los 18 años de edad. Dentro de este grupo de enmiendas rechazadas también se encontraba aquella que proponía la posibilidad de otorgar la ciudadanía italiana a estudiantes universitarios que hayan nacido fuera del territorio italiano, pero no obstante hayan cursado una carrera universitaria. Pero esta tampoco va, la seguimos.
Otras enmiendas que fueron rechazadas tienen que ver con el orden de lo económico o las finanzas, que creo que han sido rechazadas directamente porque no es materia para ser tratada dentro de la comisión de asuntos constitucionales y al requerir el dictamen de otra comisión específica como la de finanzas, requeriría un mayor tiempo para su tratamiento, lo cual va en contra de eh la finalidad principal de este decreto ley, que es sacar una ley así también de que proponía multas económicas fue sacada del debate. Y la otra la que hablé yo en el final de las enmiendas que iban aproximadamente en las propuestas de la 102 a la 105, aquellas que se relacionaban con la creación de un fondo de 3,000 de euros anuales con la finalidad de digitalizar y actualizar los medios de procesamiento de las solicitudes de ciudadanía italiana, esta enmienda también fue rechazada. Yo decía, esta es la única que está intentando ofrecer un modo para paliar esta necesidad y urgencia de el estallado de las mesas de entrada de los consulados, de las comunas y de los tribunales y la sacan.
Dentro de estas enmiendas que han sido rechazadas y que van de la 91 a la 105, también se encuentran aquellas que proponían la reducción del plazo de residencia para aquellas ciudadanías por naturalización o matrimonio. Marcha enmienda fuera de aquí. Veamos ahora sí, finalmente, cuáles son las propuestas nuevas.
No solo pertenecen a presentaciones realizadas por el gobierno, sino también a representantes parlamentarios de otros partidos. Simplificadamente tienen que ver con reducir los tiempos de espera para obtener la ciudadanía, con reabrir el acceso a la ciudadanía italiana para ex italianos y sus descendientes, es decir, lo que se conoce como la readquisición de la ciudadanía italiana para quienes las hayan perdido, disminuir o eliminar los costos de trámites consulares específicamente y también tratar de simplificar los requisitos legales para estas requisiciones dentro de las enmiendas que propone el gobierno. En la número 500, por ejemplo, propone una modificación del artículo 9 ter de la ley 91 de 1992 relacionada con la adquisición de la ciudadanía por naturalización o por matrimonio.
¿Qué es lo que decía antes la ley de 1992? Establecía los procedimientos para conceder la ciudadanía por matrimonio o por naturalización dentro del plazo de 24 meses, prorrogable hasta 36 meses. La enmienda 500 elimina la prórroga hasta 36 meses, estableciendo de esta manera que este tipo de ciudadanías por matrimonio o por naturalización se deben resolver y otorgar sí o sí hasta los 24 meses.
La eliminación de la prórroga se establece también para los procesos en cursos antes de la entrada en vigor de esta ley. Si los procedimientos llevan al momento de aprobarse esta ley más de 24 meses, debe sí o sí concluirse en un plazo de 90 días desde la entrada en vigor de la presente ley. Podemos mencionar como una de las enmiendas importantes de este nuevo grupo de enmienda, la enmienda 500 inciso 6, que establece como propuesta eliminar las palabras.
Ha nacido en Italia o ha residido allí durante al menos 2 años continuos. Recordemos que este es el artículo referido específicamente alus sanguinis. El legislador borguese había introducido en una de las enmiendas dentro del cuerpo de la 105 ya esta posibilidad de eliminar esta mención a haber nacido en territorio italiano o al menos haber residido durante 2 años ininterrumpido como condición para poder solicitar los descendientes hasta el segundo grado su ciudadanía.
También se habla de la posibilidad de gratuidad o disminución, al menos de los costos de requisición de ciudadanía por vía consular. Y hasta aquí esto ha sido Radio Enmiendas actualizado al día de la fecha, 7 de mayo de 2025. Vamos a ver qué novedades nos tienen preparadas ya para la semana que viene, porque en realidad esta revisión se ha trasladado hasta el día 13 de mayo de 2025.
Así que seguimos en este tren de espera dentro del proceso de transformación del decreto ley 36 2025 en ley. Recordemos, 60 días necesitamos para que este proyecto se transforme o no se transforme en ley. La parte positiva es que si siguen demorando ser las discusiones, puede ocurrir dos cosas.
una que lleguemos a los 60 días y el proyecto pierda estado parlamentario, con lo cual volvemos a foja cero y de esto nadie ha hablado. Lo negativo es que como se demore tanto y no se pongan de acuerdo, la premier Meloni haga un llamado a la fiducha, con lo cual estaría solicitando directamente que aprueben el proyecto sin más vueltas. Con esta última medida, lamento decirles que estaríamos al horno.