este programa es actuado las situaciones mostradas son una dramatización inspirada en un caso de juicio oral y acontecimientos de la vida real sin embargo los nombres de las personas o negocios han sido cambiados para proteger su privacidad hoy veremos el caso de lucero cueto quien fue acusada de robo y ahora pide justicia pues afirma que fue víctima de abuso por parte de las autoridades y fue forzada a firmar una declaración de culpa este es un caso en el que no procede la realización de un acuerdo reparatorio ni la suspensión condicional del proceso en todo caso
podría haberse resuelto a través de un procedimiento abreviado pero ello no fue propuesto por el ministerio público y ahora deberá resolverse en esta etapa de juicio oral se ponen de pie por favor señor pues tenemos el caso del estado en contra de ana alicia hurtado josé manuel same y marco antonio pérez por tortura pedimos a la audiencia guarde el debido respeto bueno habiendo verificado que las condiciones que establece la ley para que dé inicio una audiencia de juicio oral se han satisfecho y confirmando que los acusados y la acusada a que presente conocen perfectamente cuáles
son sus derechos representados además por el defensor durante esta audiencia se declara formalmente abierta la misma señor fiscal escuchamos sus alegatos de apertura cucharada final pues el caso sometido hoy a su consideración es es una relevancia ya que advierte el compromiso del estado mexicano a permitir el acceso a las víctimas de delitos cometidos por servidores públicos a la justicia en la audiencia del día de hoy se podrá acreditar que tres funcionarios públicos con el afán de conseguir una declaración totalmente falsa por parte de la señorita lucero cueto víctima del delito la torturaron tanto física como
psicológicamente lo detuvieron sin informarle cuál era la razón por la cual estaba siendo detenida sin leerle sus derechos constitucionales retardando la puesta a disposición ante el ministerio público todo esto se podrá acreditar con diversas testimoniales con diversas pruebas que se desarrollarán el día de hoy en esta audiencia y posteriormente se le solicita en los declaró culpables del delito de tortura en el servicio de sus funciones asimismo se les impongan las sanciones penales correspondientes junto con un pago por todos los daños que hayan infligido esta tortura ante la señal un lucero cuento es todo señor defensor
escucho sus alegatos de apertura la actuación con apego a la ley no es una violación su señoría el ministerio público no podrá probar más allá de toda duda razonable que ana jose y marko hayan participado en los hechos por los cuales está acusando en el transcurso de este juicio conoceremos que anna marco y jose son personas con una familia no tienen antecedentes penales y nunca se han visto involucrados en ningún tipo de procedimiento el 28 de mayo sabremos que ellos participaron en una detención de lucero puesto que le leyeron sus derechos y que inmediatamente la
pusieron a puesta a disposición del agente del ministerio público por su parte la fiscalía no podrá precisar ni las lesiones físicas ni psicológicas que sufrió la señorita cueto en lo que basa esta acusación al finalizar este juicio solicitar que absuelva a los tres servidores públicos porque el actuar conforme a la ley una violación acabamos de ver como ambas partes presentaron su interpretación de los hechos la fiscalía afirma que lucero cueto fue torturada por los agentes del orden el abogado defensor niega los cargos y afirma que sus representados actuaron conforme a las normas que rigen un
proceso penal escuchemos el desahogo de pruebas ahora por parte de la fiscalía señor fiscal en el orden que usted disponga vamos a iniciar con su prueba quien llamamos la primera persona por declarar a la señorita lucero cueto lucero por favor pase al estrado previamente le fueron explicadas las reglas o dinámicas de su declaración en juicio protesta conducirse con verdad sin pretexto lista para responder a las preguntas que le formulen señor fiscal su testigo buen día señorita cuánto nos podría decir que ocurrió el día 28 de mayo por favor yo soy mesera de un restaurante y
salir a trabajar y dos policías me detuvieron identifica usted a de estos agentes de la policía están intentabas le indicaron cuál fue la razón o el motivo por la cual estaba detenido me dijeron que me acusaron de robo a una tienda de ropa después de que la detuvieron que sucedió me detuvieron y en la patrulla me dieron vueltas en este momento yo no sabía que iba a ser de mi no sabes si me van a violar se iban a matar o me iban a secuestrar en ese momento solo puede pensar en mi familia en mis
hijos en mi esposo no sé si fueron 21 34 horas pero para mí fue una eternidad después la mujer policía me daba escapes en la cabeza yo le dije que era inocente y entre más se lo decía más me pegaba más fuerte cuando llegamos a la agencia me dieron ganas de ir al baño y el hombre policía me dejó ir pero que hicieron frente de él me hizo sentir humillada al tener que bajarme los pantalones y tener que hacer del baño enfrente de él según él para que no me dejara escapar cuando lo pusieron frente
al ministerio público que sucedió me gritaron y me forzaron a firmar un papel del cual después me enteré que era mi confesión nos podría indicar cómo se sintió después de todo esto con mucho miedo con pena al tener que ir a hacer el baño con el policía nunca me había exhibido así ante ningún hombre muchos ya se presentó el interrogatorio de la víctima lucero juez y en el fiscal presenta como primer testigo ahora la defensa por el principio de contradicción podrá contra interrogarlo señor defensor que sea contra examinar señorita cuento sé que esto es difícil
lo va a hacer algún par de preguntas usted está siendo procesada por un delito si ese delito de robo si la detención por ese delito ocurrió el 28 de mayo si cuando usted la llevaron al ministerio público en ese momento usted le dijo lo que los policías supuestamente le hicieron no señorita cueto usted ha mencionado estos hechos hasta el 30 de mayo si esa es la fecha cuando usted fue ante un juez si en ese momento es cuando el fiscal le informó que la estaban investigando por el delito de robo sí eso es todo señoría
[Música] se realizó ya el contrainterrogatorio por parte de la defensa y ahora es la fiscalía quien continúa con el desahogo de producto seguimos con sus testigos fiscales quien llamamos a la póliza de control maría del carmen monjarás para seguro en este caso comparece usted en calidad de testigo únicamente acepta conducirse con verdad y acepta por favor inicie con su examen de la señora cosas buenos días nos podría indicar cómo tuvo conocimiento de los hechos pero que sí cuando tome la declaración de lucero cueto pudo observar y darme contar de hechos constitutivos de un probable delito
de tortura cometido en su contra por los dos policías y el agente del ministerio público con lo que tuve que ir a las autoridades a presentar la denuncia correspondiente en este momento se ha desahogado la declaración de la juez de control quien refiere que al tomar la declaración preparatoria a la ofendida tuvo conocimiento de los hechos de probable tortura cometida por los policías y el agente del ministerio público para después comunicar la denuncia a las autoridades competentes llamamos a quien a la película medicina laura gonzález señorita laura gonzález recuerda cuáles fueron las indicaciones que se
hicieron previamente para su participación en este juicio sí señor juez protesta usted conducirse con verdad se protesta señor fiscal por favor doctora por favor podría indicarnos en qué consistió la pericial que llevó a cabo para el presente caso se me solicitó evaluar a la señorita lucero cueto esto fue a través de la aplicación del manual para la investigación y la documentación de la tortura conocido como el protocolo de estambul nos podría decir cuáles son sus conclusiones las pruebas me permiten concluir que se presentó agresión contra el lucero se le provocó dolor físico es decir tortura
física muchísimas gracias señor defensor desea examinar adelante doctora gonzález cuál fue el método que usted aplicó para valorar a la señorita cueto las pruebas establecidas en el protocolo de estambul vamos a hablar sobre esas pruebas usted examinó o revisó el examen médico así es no había fotografías sobre las lesiones de la señorita cuenta no no estaban registradas las dimensiones de esas lesiones no había lesiones físicas registradas de la señorita al cuerpo no pero si me permite mencionarle el examen médico no es real y todo doctora gracias gracias señoría con asiento señor fiscal desea hacer uso
de su segunda posibilidad de exámenes doctora por favor nos podría terminar de responder la pregunta del señor defensor si el examen médico no nos permite identificar los signos de tortuga por eso se ocupa el protocolo de estambul en este podemos determinar que si hubo tortura física muchas gracias señoría con asientos neuro sensor doctora los sabes en la cabeza son un signo sofisticado de tortura no es estado liberal a testigos en fiscal si muchas gracias por favor cuando tienes gracias muy amable señor fiscal con quien finalizamos el último testigo es el proyecto en psicología gasto guzmán
tome asiento donde es más señor guzmán ya conoce la dinámica de su intervención en esta audiencia creo que sí su señoría corte está usted conducirse con verdad yo protesto diciendo la verdad señor fiscal proceda con su examen muchas veces señor perito nos podrá indicar la importancia en materia de psicología de la aplicación del protocolo de estambul en un caso de tortura claro que si primero que nada el protocolo de estambul fue elaborado por la onu y con el apoyo de los más reconocidos expertos en la materia es reconocido a nivel internacional como la prueba se
le aplicó dicho protocolo a la señorita cueto efectivamente y el resultado fue positivo muchas gracias señor defensor quiere contra examinar si su señoría es posible que durante la aplicación del protocolo las supuestas víctimas mientras hay posibilidades pero las personas encargadas de aplicar las pruebas identificarían está ciento es gracias a un señor psicólogo existe un margen de error en la aplicación de este tipo de protocolos siempre lo hay se aplicó por una segunda vez este protocolo la señorita cueto fue aplicado únicamente una vez gracias a ese estado se señoría y bien el testigo desea conseguir muchas
gracias señor defensor aunque en el auto apertura no existen pruebas ofrecidas previamente de su parte preguntó si hay algo que usted quiera proveer para este juicio si su señoría en el transcurso del juicio dos de las personas acusadas desean aprender una declaración primero llamamos a análisis hurtado yo debo concluir pero voy a esperar la confirmación de su parte que fue asesorada justo por su defensor en cuanto al alcance de rendir una declaración en juicio si es enseñaría y usted decide declarar si de salud aclare libremente nivel oficial hurtado sabe usted porque se encuentra el día
de hoy en esta sala se me acusa por haber torturado a la señorita lucero cueto qué opinas sobre esta denuncia pues yo nunca había tenido problemas en mi trabajo siempre actuado conforme a la ley esto es alguna estrategia de la señorita para librarse de un problema que ella tiene con la justicia porque dice que la señorita quiere liberarse de un problema porque ya está acusada de un robo y no quiero culpar a nosotros cuando somos inocentes oficial explicarle al juez cuál fue el procedimiento que usted y su compañero realizaron al momento de tener la señorita
cuenta nosotros la subimos a la patrulla y la conducimos hacia el ministerio público eso fue todo lo que hicimos nunca hubo agresión de nuestra parte gracias eso es todo su señoría señor fiscal usted puede si desea hacer preguntas en un ejercicio de contradicción oficial al momento de la detención de la semi mienta cuento les leyeron ustedes sus derechos constitucionales se diseñan inmediatamente la subieron a la patrulla sí y tardaron más de hora y media en poner la disposición del ministerio público sí es todo muchas gracias señor defensor por favor tome asiento para que continúe presenciando
su juicio que aún no concluye señor defensor algo más durante este debate si el segundo acusado que desea rendir su declaración es el oficial josé manuel chamen josé manuel pase al estrado estuvo usted atento cuando le hice algunas prevenciones compañera respecto de los alcances de declarar en juicio con el carácter de acusado sí señor pues estoy consciente de ello adelante ser mejor gracias señoría oficial cha med y cuántos años lleva usted de servicio en la corporación policial en atalayas perdón 30 años en estos 30 años de servicio cuantos procedimientos como el que está viviendo hoy
que se ha visto involucrado nunca jamás que piensa sobre lo que ha escuchado el día de hoy quienes nos están acusando injustamente señor oficial porque dice que es injusta esta acusación porque nunca agredimos los derechos de la persona en la señorita lucero jamás señor oficial explicarle al juez cuál fue el procedimiento que usted y su compañera realizaron el día que detuvieron a la señorita cueto ese 28 de mayo la trasladamos a la patrulla y de ahí a ministerio público eso es todo gracias su señoría [Música] señor fiscal desea hacer algunas preguntas sí señor pues muchas
gracias oficial si se encuentra detuvieron a la señorita cueto la pusieron dentro de la patrulla de manera inmediata sin y aún así tardan más de hora y media de poner a la disposición fue el tiempo que requerimos para llevarla estado muchas gracias alguna otra intervención no has estado tome asiento por favor señor defensor algo más para ser algo más que llegamos pendiente para nosotros señorías es todo la tercer persona acusada desea permanecer en silencio las pruebas que presentaron ambas partes serán piezas clave ahora para el veredicto del juez a continuación los alegatos de clausura y
finalmente el fallo del juez y me dirijo hacia el fiscal y así el defensor prácticamente con esto concluye el debate no habría algún otro elemento a ponderar para que exprese sus alegatos de clausura estaría usted distorsión fiscal si lo escuchó en esta audiencia de juicio oral se puede acreditar a través de esta fiscalía y las pruebas presentadas que ha existido tortura por parte de los tres servidores públicos en contra de la señorita de los aeropuertos de una primera instancia a través de los policías en una detención que no se debió haber llevado a cabo violentando
sus derechos constitucionales insultándola golpeándola todo esto ha sido acreditado con las diversas testimoniales desarrolladas el día de hoy la perito en medicina y el perito en psicología llevaron a cabo una pericial conforme al protocolo de estambul protocolo que es internacionalmente reconocido como el procedimiento es necesario e idóneo ante un caso de tortura en ambas periciales llegaron a la conclusión de que efectivamente existía un caso de tortura en contra relacionista lucero cueto la defensa no ha podido acreditar que estos actos no se llevaron a cabo simplemente tienen la declaración de un médico legista que es acreditado
que no es suficiente solicita su señoría declaré culpable a los tres servidores públicos por el delito de tortura y les imponga una sanción de siete años y seis meses de prisión así como el pago por la reparación del daño para la debida recuperación de la víctima lucero cuento esto señor defensor está usted listo si lo voy a escuchar su señoría la fiscalía no logró probar más allá de toda duda razonable que ana jose y marco hayan participado en el delito por los cuales acusó durante el transcurso de este juicio conocimos a los tres servidores públicos
sabemos que tienen familia sabemos que no han tenido ningún procedimiento ni penal ni administrativo es la primera vez que se ven involucrados en un hecho como éste sabemos que el 28 de mayo los oficiales participaron en una detención y la historia que el fiscal nos acaba de presentar es un grito desesperado de luz aeropuerto para evadir su responsabilidad en el delito de robo o al cual está enfrentando escuchamos la versión de los oficiales que participaron en la detención y a usted le explicaron cómo siguieron el procedimiento como la detuvieron le leyeron sus derechos y la
llevaron inmediatamente ante el ministerio público ahora veamos que presentó el fiscal presentó a los 0 cuerpo la supuesta víctima de este caso y escuchamos inconsistencias porque lo que ya nos dice es que la detuvieron muchas horas literalmente nos dijo parada y después dice que estuvo una o dos o dos horas y media en segundo término la jueza no pudo explicar cómo percibió que esos actos fueran tortura la doctora gonzález dice que lucero no tenía ninguna lesión y al final nos dijo que los aves no son un acto sofisticado de tortura por último escuchamos del psicólogo
guzmán y el psicólogo guzmán dice que existe la probabilidad de que víctimas mientan y que en el caso en concreto hay una probabilidad de error y que para evadir este error se debió haber aplicado dos veces el protocolo de estambul y en el caso en concreto se aplicó una vez por lo tanto al haber tanta inconsistencia la defensa solicita la absolución tres servidores públicos y que los deje en inmediata libertad porque la actuación conforme a derecho no es una violación el juez condenará o absolver a los acusados ahora estamos esperando conocer el fallo de lo
que pude percibir durante este juicio no puedo acceder a la petición que ha hecho el señor fiscal sin embargo es muy importante que haga una aclaración simple dado que el fallo exige simpleza y posteriormente la lectura de la sentencia la absolución no se debe porque esté resolutor estime probado que la actuación de estos servidores públicos me refiero a los policías y al señor fiscal al ministerio público haya sido conforme a derecho o legal yo no voy a hacer una declaración de legalidad de esa intervención pero lo que sí creo es que usted no pudo satisfactoriamente
y con esto me refiero develando debilitando las dudas que naturalmente existen la declaración de la víctima debiera de alguna manera de ser confirmada también puse especial atención por supuesto en la declaración de la doctora de la médico legista aura gonzález que hace referencia que aplica el protocolo de estambul el problema es esto ella asegura que en base al protocolo aplicado en cuanto a su metodología hubo una agresión física es decir ni siquiera hace referencia a la moral que en todo caso entiendo esa no deja elementos tangibles objetivos me hablan de que hay violencia física de
tortura y de donde lo concluyo en cuanto a esto además es preciso por cierto el psicólogo que aquí intervino y él dice que podría haber error pero no es esto lo que me preocupa es que además sugiere la posibilidad que ante la debilidad de que el protocolo pueda ser cuestionado la mejor forma de solventar lo es ante una segunda digamos aplicación de este protocolo en mi calidad después absuelvo análisis a hurtado casillas a josé manuel same lópez y a marco antonio pérez buendía del delito de tortura por el que intervino el fiscal en este juicio
esto [Música] [Música] [Música]