[Música] deben existir decenas de definiciones de lo que es el proceso en egacal nos quedamos con la definición elaborada por el maestro Adolfo Alvarado belloso el proceso es un método de debate Pacífico y dialéctico entre dos personas naturalmente desiguales que luego se igualan jurídicamente en el en este debate ante un tercero Imparcial Imparcial e independiente Ahí está todo el proceso si nosotros luego queremos analizarlo tenemos que ir desguazando una por una las palabras o las frases para que finalmente podamos entender este fenómeno en la presente entrega comenzaremos con lo primero es un método es decir
cuál es aquel mapa Cuál es aquella ruta que nos llevará al objetivo final que viene a ser encontrar la solución del conflicto en una paz en justicia soy guido águila grados y quiero mostrarles una nueva entrega de Tribuna constitucional la etapa postulatoria sean todos Bienvenidos [Música] efectivamente la primera de las etapas que registre el proceso es la denominada etapa postulatoria si es que nos ceñimos aquella definición que establece que el proceso tiene cinco etapas la etapa postulatoria la etapa probatoria la etapa decisoria la etapa impugnatoria Y por último la etapa ejecutoria si es que esto
así lo requiere la sentencia en esta etapa postulatoria nosotros a su vez nos encontraremos con cinco momentos el momento de la interposición de la demanda el momento de la admisibilidad de la demanda el momento de la defensa que puede ejercer el demandado el saneamiento procesal Y por último la fijación de puntos controvertidos y el saneamiento probatorio ese es el índice de esta entrega comenzamos [Música] número 1 la demanda la demanda como se suele decir viene a ser la materialización la la concreción del denominado derecho de acción y constituye El Punto de partida del proceso un
pie de página al respecto si bien es cierto lo normal lo natural lo cotidiano es que un proceso se inicie con la interposición de la demanda hay dos digamos excepciones que contemplarse la primera la medida cautelar cuando se puede plantear la medida cautelar antes de la interposición de la demanda Claro está demostrando la urgencia que se tiene de la tutela jurisdiccional Y en segundo lugar la actuación de la denominada prueba anticipada vienen a ser los dos momentos que serían excepcionales a que la demanda sea El Punto de partida del eso Bueno pues esa demanda tiene
determinados requisitos que más allá de la legislaciones en nuestros países en Latinoamérica fundamentalmente se resumen en cinco primero los llamados elementos subjetivos lo que tiene que ver con los sujetos que intervienen en el proceso Comenzando por el juez competente la identificación del demandante la identificación del representante y la identificación del demandado Esos son los elementos subjetivos luego la existencia de un elemento objetivo que viene a ser el petitorio sin embargo este petitorio tiene que estar sustentado en un elemento fáctico la narración de los hechos y en un elemento jurídico el respaldo que tenga del derecho
los denominados fundamentos de derecho y por último los llamados elementos complementarios que por tratarse de la demanda por tratarse del primer acto procesal es necesario que se establezcan Como por ejemplo los medios probatorios la vía procedimental el monto del petitorio si es que lo hubiera etcétera [Música] número 2 El auto admisorio las missibilidad de la demanda es algo que se da por descontado sin embargo Cuando esto no se da el juez otorgará un plazo para su subsanación teniendo en cuenta que lo natural es que se admite la demanda lo lo verdaderamente importante acá es el
emplazamiento que se le haga el demandado un emplazamiento que tiene que ser válido y ese emplazamiento al ser válido va a establecer algunos algunas consecuencias que hay que rescatar por ejemplo que la competencia no podrá ser modificada tampoco se podrá Modificar el petitorio tampoco es jurídicamente posible la iniciación de un nuevo proceso con el mismo petitorio Y por último interrumpe la prescripción extintiva [Música] número 3 la defensa del de aunque se suele Generalmente identificar la defensa del demandado con la contestación de la demanda no es la única posibilidad si bien es cierto de nuevo lo
natural lo Generalmente espontáneo es que se dé respuesta a la demanda Insisto Hay toda una todo un abanico de posibilidades que puede tener el demandado en su defensa comenzando primero por el allanamiento es decir por la aceptación de la pretensión esto insisto es excepcional lo normal es que se dé la contestación de la demanda que no es otra cosa que la defensa que se ejerce de fondo y que está completamente ligada a la demanda es decir la contestación No puede ser desordenada no puede ser ajena a lo establecido en la demanda donde tiene que contestarse
cada uno de los puntos señalados más bien las respuestas evasivas van a generar de de una manera una presunción de luego de favorecimiento a lo que se señala en la demanda una tercera posibilidad es la presentación de excepciones y defensas previas todas ellas señaladas en la normatividad procesal esto también es un medio de defensa válido pero estamos hablando aquí de un medio de defensa de forma estas excepciones pueden ser dilatorias como también pueden ser perentorias sin embargo en medio de todo esto en medio de allanamiento la contestación y el excepcional Hay una posibilidad que más
que una defensa además de una defensa viene a ser una suerte de contraataque es decir no es solamente una reacción sino que también implica una acción que viene a ser las figuras de la contrademanda y la reconvención que por cierto se suelen confundir cuando hablamos de la contrademanda es la pretensión la pretensión que ejerce demandado contra él demandante lo mismo que la reconvención en la reconvención también es una pretensión que el demandado ejerce contra el demandante sin embargo no son sinónimos absolutos en la contra demanda la pretensión está íntimamente relacionada a la demanda es decir
tiene que ser el mismo juez competente tiene que ser la misma vía procedimental en cambio en la reconvención no ocurre esto la reconvención viene a ser la pretensión del demandado contra el demandante pero que no está necesariamente ligado a la pretensión demandada es de una absoluta libertad algo curioso ocurre en la normatividad procesal nacional peruana es decir el código procesal civil señala la existencia de la reconvención pero en realidad se trata de la contrademanda [Música] número 4 el saneamiento procesal esta etapa tomada de la legislación portuguesa y brasileña es muy importante porque acá el juez
va a volver a revisar las visibilidad de la demanda esto viene a ser los denominados presupuestos procesales es aquella triada conformada por la competencia del juez la capacidad procesal de las partes y los requisitos de la demanda Alguien me puede señalar seguido pero ya admitió la demanda por eso es un rever es una nueva revisión que además de la admisibilidad También acá va a revisar la procedencia con las denominadas condiciones de la acción que son otra triada el interés para obrar la legitimidad para obrar y la denominada voluntad de la ley una vez que está
esto se ha comprobado los requisitos de admisibilidad y los requisitos de procedencia es decir se da la existencia de los denominados presupuestos procesales y condiciones de la acción se establece el juzgado determina la declaración de la existencia de una relación jurídico procesal válida lo que normalmente nos debiera asegurar que va a terminar con una sentencia de mérito estimatorio desestimatoria pero de mérito que adquiera la calidad de cosa juzgada de allí la importancia de esta cuarta etapa [Música] Y por último número 5 la fijación de puntos controvertidos y el saneamiento probatorio esto es muy importante si
bien es cierto Está regulado de distinta forma la fijación de puntos controvertidos viene a ser el identificar cuál es el nudo en esa relación jurídico procesal que se pretende que se pretende desenredar viene a ser la delimitación del objeto litigioso que se establece en el proceso Y por último cuando señalamos el saneamiento probatorio viene a ser la admisión o el rechazo por parte del juez de los medios probatorios presentados por las partes hasta aquí es la denominada etapa postulatoria insisto cinco partes se ha Interpuesto la demanda se ha admitido la misma se corre traslado al
demandado para que ejerza su defensa hay un saneamiento procesal elija el objeto litigioso el punto controvertido y se sanean los medios probatorios quedando listo para pasar a una siguiente etapa que será la etapa probatoria Pero eso será materia ya de otra entrega suscríbase a Tribuna constitucional y comparta este canal para que así siga aumentando esta familia académico jurídico seguramente esto requiere un mayor desarrollo Punto por punto eso lo va a encontrar en las asesorías y cursos que brinda egacal escuela de derecho han sido muy amables Muchísimas gracias permiso [Música]