[Música] [Aplausos] [Música] hola hola bienvenidos a una nueva clase virtual de aprender el canal número uno del derecho en el mundo hispano y en esta clase vamos a hablar sobre el capítulo 5 del libro la teoría pura del derecho de hans kelsen que lleva por título el hecho ilícito pero antes de comenzar hay algo que quiero contarte y es que en la descripción de este vídeo vas a encontrar los enlaces a todas nuestras redes sociales para que no te pierdas de ningún detalle además y como ya lo sabes todo nuestro contenido es absolutamente gratuito por
eso si quieres tener acceso a todo el material solamente tienes que suscribirte a mi canal y buscar la lista de reproducción del curso que quieras hacer y eso no es todo en el primer comentario de este vídeo te voy a dejar un enlace a nuestra página web donde vas a encontrar un resumen mucho más detallado y como siempre absoluta gratuito ahora sí sin más dilaciones comencemos con esta clase y al comenzar este capítulo 5 hans kelsen se preocupa por definir qué es el hecho ilícito y la respuesta que naturalmente surge de su teoría es que
el hecho ilícito es la conducta contraria a la que está prescrita por una norma jurídica o lo que equivale a decir que el hecho ilícito es la conducta que está prohibida por una norma así por ejemplo en el código penal de la nación argentina existe una norma prevista en el artículo 79 que establece que se aplicará reclusión o prisión de 8 a 25 años al que matare a otro entonces cuál es la conducta prohibida por esta norma bueno la conducta prohibida es matar entonces va a cometer un hecho ilícito aquel que matare a otro entonces
si recordamos lo que vimos en la clase anterior y si no la viste acá arriba te dejo el enlace para que puedas verla hablamos sobre la obligación jurídica y hay una relación muy estrecha entre la noción de hecho ilícito y la noción de obligación jurídica porque el hecho jurídico es lo opuesto a una conducta obligatoria y además existe la obligación jurídica de abstenerse de realizar todo acto o hecho ilícito entonces según que el ser es muy claro que un hecho ilícito es la conducta contraria a la prescrita por una norma es decir es la realización
de una conducta que está prohibida por una norma porque de acuerdo a la regla de derecho que se formula siguiendo esquema que ya hemos estudiado esquema que decía que en tal condición un individuo debe conducirse de una manera determinada si no lo hace de esa manera determinada realiza una conducta opuesta a la que está determinada y de este modo comete un hecho ilícito ahora bien si el legislador declara que una determinada conducta está prohibida pero omite prescribir o autorizar una sanción esta conducta prohibida no es un hecho ilícito sólo va a ser un hecho ilícito
si está prevista una sanción para esa conducta si no existe sanción no es un hecho ilícito y la principal diferencia entre la teoría pura del derecho de hans kelsen y toda la doctrina anterior es que que el sen entiende que el hecho ilícito es un elemento del derecho mientras que para el resto de la doctrina hasta ese momento veían al hecho ilícito como una violación o como una negación del derecho como un hecho contrario al derecho y por ende fuera del derecho pero que el shen al definir al hecho ilícito como la condición de la
sanción lo introduce en el interior mismo del sistema jurídico ahora bien ya hemos visto y ha quedado claro que el hecho ilícito es la realización de una conducta prohibida por una norma pero no basta con que esta conducta esté prohibida por una norma sino que además debe existir una sanción porque si no existe sanción no es un hecho ilícito y también hemos visto que el hecho ilícito es parte del derecho ahora bien hans kelsen se va a preguntar si el hecho ilícito es lo único que permite la sanción y la respuesta es que no no
alcanza con que se cometa un hecho ilícito para que exista una sanción por ejemplo y para salir del ámbito penal vamos a tomar un ejemplo del derecho civil supongamos que existe un contrato entre dos partes mediante el cual una de las partes se obliga a entregar un automóvil 0 kilómetro a cambio de un pago inicial más 60 cuotas fijas mensuales ahora bien supongamos que una de las partes entrega este automóvil 0 kilómetro la otra parte ejecuta el primer pago inicial pero después no paga las cuotas fijas mensuales en este caso la parte que se ve
damnificada va a interponer una determinada acción ante un tribunal competente y el tribunal competente va a ordenar la ejecución forzada de los bienes de la parte que no ha cumplido el contrato entonces fíjense que es claro que como primera medida aquella parte que ha violado su obligación de cumplir con este contrato ha cometido un hecho ilícito pero con la comisión de este hecho ilícito no es suficiente para la aplicación de una sanción sino que además se requiere que exista el contrato y además se requiere que se haya interpuesto una acción ante el tribunal competente y
que este tribunal competente aplique el derecho positivo a fin de ejecutar de manera forzada los bienes de la parte que ha incumplido el contrato a fin de que la parte damnificada pueda cobrarse entonces la sanción está subordinada a por lo menos tres condiciones y una sola de estas condiciones tiene el carácter de hecho ilícito de esta manera llegamos al final de la clase de hoy esperamos que te haya servido y nos gustaría leer tu comentario como te lo adelanté cuando iniciábamos este vídeo todo nuestro contenido es absolutamente gratuito y nos financiamos únicamente a través del
aporte voluntario de nuestros estudiantes en el primer comentario te dejo también un link para que si podés nos ayudes con una pequeña donación que nos ayuda a seguir creando el mejor contenido para mí de estudiantes