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TEORIA Clase 7 Introducción al derecho clase 31/10/24

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acerca de algunas cosas que están sucediendo y que por ahí está bueno que sucedan ahora que están iniciando pero lo que se espera es que tal vez esto pueda cambiar o ustedes puedan cambiar a futuro Disculpen Antes que nada que hable de ustedes como el colectivo porque no son todos y todas sino que hay hay este compañeros o compañeras que todavía no no enganchan la dinámica en bien por ejemplo cuando ustedes vayan a tribunales a presentar un escrito nosotros Generalmente tenemos esta costumbre de dejar no de dejar sino de utilizar mucho las dos horas de
gracia del día siguiente para presentar los c días se venen la medianoche Pero tenemos las dos primeras horas del otro día para que con ese cargo se considere presentado un término qué ha pasado alguna vez con algún colega que tuvo algún supongamos incidente de tránsito o corte o hubo un paro lo que sea y llegó 95 la presentación que leito a las 99:05 no salvable digamos ya está fuera de término y se perdió el derecho que se tenía que usar o sea si yo llego tarde con mi escrito no llego hasta el plazo de las
9 Lamentablemente el escrito un valor lo devuelve nunca sucedió esa presentación entonces lo que hacemos siempre es trabajar con ese hábito si lo vamos a dejar para las dos últimas horas por lo menos asegurar 88:30 9 men2 No más que eso porque puede surgir algo en el camino si ese algo en el camino surge no existe la posibilidad de con el juez y decirle doctor o doctora por favor mire tuo este inconveniente porque nadie lo contemp nadie ahora que hay un expediente digital hay un sistema de gestión judicial mucho más difícil e impersonal la gestión
y el trámite de los expes to por sistema las demandas se inician por sistema los pagos se hacen por sistema y se cargan los comprobantes ya no hay un vínculo no hay una relación entonces La idea es de que ustedes desde ahora vayan incorporando es con el aula virtual y no hay excepciones el día de mañana o sea ahora la ventaja que tienen es de que si llegan tarde con un práctico o no pueden rendir parcial tienen un recuperatorio Pero el día de mañana si no entró la demanda o no entó el escrito no hay
no hay un recuperatorio digamos no tienen la posibilidad y ese es un hábito que lo tienen que ir incorporando desde ahora qué pasa hay compañeros que se quejaron porque no pudieron hacer parcial porque no se les habilitó el sistema o sea resulta que a 600 personas sí se le habilitó el sistema Pero hay una que no se leh habilitó se imaginan ir a plantearle un juz doctor yo quería presentar el escrito pero no lo pude presentar porque no tenía sistema qué quiere que haga Lamentablemente está diseñado para esto el sistema o sea y acá en
la universidad tenemos que ir incorporando esos hábitos ese cambio de conducta a ver yo tengo que ir a una audiencia pongamos en la torre histórica vieron de ahí de tribunal Palacio de tribunales en el cuarto piso resulta que el ascensor no funciona no puedo ir por las escaleras me presento una audiencia en el primer piso decir no noada que lo que vos estás haciendo acá con lo del cuarto piso si yo soy de la comisión de las 8 y vengo a las 6 de la tarde porque no pude venir a las 8 de la mañana
no vine tien que entender eso porque ustedes creen que ustedes de nuevo disculpa por el colectivo pero personas que no entienden de que si no estuvieran a las 8 tienen ausente no vale Vení a las 12 que es cuando me desocupé o a las 3 de la tarde que recién tuve venir eso es cuestión de ir incorporando y cambiando el hábito cambiando la actitud ahora pueden todavía recuperarlo el día de mañana no lo van a poder recuperar y eso es central en un abogado viene una abogada la educación sirve para eso no para repetir lo
que dicen los autores lo que dicen las leyes sirve para modificar hábito para modificar conductas si la regla Establece que yo al parcial lo tengo que hacer por la plataforma lo tengo que hacer por la plataforma si al práctico lo tengo que subir por la plataforma no sirve que me estén esperando y me diga profe no llegué a presentarlo Acá está en papel o se lo envió por correo como hicieron No chicos no no no va digo ese hábito tenemos que cambiarlo ahora ahora un cambio de actitud el día de mañana nadie nadie nos perdona
nada y si se pierde un juicio eso conlleva una responsabilidad profesional si yo no presento un escrito o dejo pasar un plazo o se me vence un plazo lo que sea tengo una responsabilidad profesional que me cuesta No solo una denuncia ante tribunal de ética sino además una responsabilidad patrimonial si a mi cliente le dice perder un juicio por esa deia voy a tener que responder con mi patrimonio miren lo que está en juego para que vayan pensando desde ahora lo que la responsabilidad que están asumiendo Y es esta la no hay otra vía digamos
o sea puede ser que encuentren Otras asignaturas donde esto sea como más flexible pero nadie les garantiza digamos a futuro de que esto va a pas tribunal de decir Mire yo tenía que presentar el escrito en en frente al colegio del Salvador en el tribunal de familia pero como no hay transporte ha paro de transporte lo presento acá en la calle la Madrid Independencia Cuál es el sello que tienen ocurra por donde corresponda o sea lo lamento no se puede si Apenas empezamos a estudiar las reglas vamos buscando excep esto que estamos cansados hech la
ley la trampa y no es por ahí no es por ahí no pero ustedes está formando para transformar casualmente el sistema y para poder transformar Cos Pero si ustedes el primer año quieren manejar sistem conoc y todo eso es complicado por ahí les va bien por ahí les va bien no digo que no el tema es si no les va bien Pues nadie les garantiza que vaya bien con est Así que nada eso les quería les quería contar antes de que empecé que tiene que ver con la formación no solo nos formamos en leyes nos
formamos también como personas y como profesionales y como tal tenemos que cambiar actitudes hábitos tenemos que cambiar conductas Y adecuarlas a lo que nos va a ayudar en ejercio de la profesión si no no tiene mucho mucho sentido Ya está la unidad 8 en la página ya la pueden ver la unidad 8 tiene dos partes una habla del ordenamiento jurídico y la otra habla de este las personas antes de llegar a eso quiero detenerme nos quedamos en el encuentro pasado que eran eh las fuentes del Derecho Porque habíamos empezado a hablar meando trabajar ayer en
el práctico pero dos Fuentes que me interesa que que remaremos lo que es la la Constitución ya lo tienen que vincular eso es otro tema digamos doy este tip para quies vayan Air exmen este traten de vincular unidades el programa de cada asignatura tiene un guion así como las películas vieron que tiene un guion que va desde el principio hasta el final obviamente ese guion se va articulando con distintos temas pero la línea baja o sea ustedes Acá en primer año en introducción al derecho tien una aproximación a lo que es la teoría general del
derecho es es es el gu de esta asignatura Entonces cuando ustedes le pregunten no digan vimos fuente vimos rama del derecho vimos la norma ordenamiento eso está desordenado el eje el guion en la teoría general del derecho esta cátedra ad la de Miguel la teoría tridimensional Ed podrán encontrar otra Hay autores que tienen otras teoría del derecho pero est la que nosotros seg Entonces cuando las fuentes del Derecho lo hacemos pensando también en este guion que venimos trabajando en esta línea argumental que venimos desarrollando desde el primer encuentro algo que preguntamos en los exámenes O
sea es pregunta de examen pero no siempre responden bien o no la saben el tema de la costumbre como fuente del derecho la costumbre como fuente del derecho y acá que vemos son los dos elementos que tiene la costumbre y cuáles son los tres tipos de costumbr que existen dos elementos tres tipos como par fijando concepto dos elementos elemento objetivo y elemento subjetivo se van a cansar de ver en el pulsado de esta carrera elemento objetivo y elemento subjetivo es algo que tiene que cómo material y Sí más que no es individual y colectivo o
o interno externo se vincula con esos binomi pero digo tienen que ir creando acá una categoría este y se lo utiliza de distintas maneras puedo decir chico Me parece que hace mucho calor el aula No eso es muy subjetivo o sea como que yo no más lo pienso ustedes objetivamente creen que está lindo está fresco puede pasar la otra tiene que ver también con lo subjetivo Como la forma en la que yo lo pienso internamente y lo objetivo la forma en lo que lo manifiesto en este caso la costumbre el elemento Qué es realidad la
que habla ición de actos de una determinada forma lo que habla de un comportamiento que se repite lo que habla de un actuar una acción que se da de manera sistemática por qué lo haces a esto por costumbre Por qué cuando te levantas Tom el desayuno por costumbre Por qué los fines de semana tard por costumbre son acciones que las va Endo en forma casi mecánica laiz pero no porque estén escritas en algún lado porque di los domingo yo me puedo quedar hasta las 10 de la mañana con él o este Cuando me levante tengo
que desayunar uno lo va incorporando las repite de tal forma que hasta ya no tiene casi conciencia de que se hacen digamos de esa manera pero cuando uno analiza tiene que pensar además por esa repetición de acto funciona como fuente del derecho si no tendría sentido quedaría en el ámbito de la costumbre sea si el domingo me levanto a las 3 de la tarde no tengo ningún tipo de sanción por levantarme a las 3 de la tarde o si madrugo voy a r blanco No pasa nada digamos cambia el horario pero no no hay ninguna
consecuencia asociada a la conducta En cambio cuando estamos hablando de Ob material Fuente del derecho necesariamente lo tenemos que asociar a la conciencia qué conciencia es el elemento subjetivo o inmaterial por el cual yo entiendo que esa conducta que estoy realizando es la que correspond Si volvemos para atrás esto ya lo hemos trabajado cuando hablamos entiendo porque las incorporó de determinada manera hasta que llega el planteo ético cuestionamiento ético pero hasta tanto ello suceda hay una convicción de que estas que estas conductas se tienen que dar de esta manera entonces acuérdense dos elementos objetivo subjetivo
material inmaterial la repetición y la conciencia sí bien Cuáles son las clases de conducta o los tipo de cond la primera que encontramos es Según la ley ese otro tema no se confundan tanto con el latín digamos hay alguna dentro de la ley ser Según la ley o como sería en latín tiene que ver Ni más ni menos con el cumplimiento de la ley hay que prescribe determinada conducta yo tengo eh el hábito de cumplir con esa conducta y por lo tanto no sería como tal Fuente del Derecho sino más bien el acabado cumplimiento de
la ley yo actúo de acuerdo a lo que la ley ordena algunos autores la mencionan pero no como fuente sino como clase de costumbre Claro pero no constituye fuente porque hay una ley ya está la ley digamos nosotros lo que no interesa es la PR o a la par de la ley en el caso que menciona la compañera cuando no hay una ley o cuando la ley no contempla la conducta que se repite en este caso entonces hay un comportamiento una conducta costado de lo que indica la ley pero que no la pone ención va
al costado y genera Fuente del derecho sea constituye derecho sería fuera caso que vos ten fuera pero paralelo al costado al lado de la ley una Cos y la tercera es la contraley que esta aparte de ser Fuente del derecho tiene una potencialidad tiene una una virtualidad jurídica que es la de no solo poner en tensión la ley sino también un carácter derogatorio de la misma o sea tiene la actitud el caso de que adquiera determinada dimensión de derogar la ley de dejarla sin efecto Esta es la costumbre contra la pregunta que Ustedes deben hacer
un poquito se pone prima Según la ley prer prer esta esta tercera que estamos hablando nos plantea el interrogante de que si es que al ser contrario a la ley lleva inita una sanción sea si es posible aplicar una sanción ante la inobservancia de la ley porque puntualmente lo que hace es desafiar lo que dice la ley contradecir lo que dice la ley y resulta que eh son los casos de de digamos que encontré de esto como para dar ejemplo tiene que ver con la costumbre institucional vale decir la costumbre de determinado órgano de gobierno
que aún cuando una norma como la Constitución prescribe determinada determinado proceder el órgano actúa de manera diferente esa en este caso es la que nos interesa el derecho público estamos hablando antes de que se reforme la Constitución cuando teníamos la Constitución histórica de 1853 se establecía que era una atribución del Congreso la de autorizar al poder ejecutivo para poder ausentarse de la capital Federal ahora obviamente se modificó en el 94 y la autorización es para salir al exterior para salir del país necesita autorización pero en ese momento imagínense ustedes que se movían en carreta era
todo todo muy distinto a lo de ahora cada vez que se ausentaba de la capital tenía que requerir autorización del Congreso qué pasaba que la residencia de Olivos no está en capital Federal ya está en provincia está pegadita capital Federal pero no es capital Federal entonces cada vez que el presidente se ausentaba a su residencia estaba ejerciendo una conducta contraria a la disposición de la Constitución porque no cuestionaba autorización imagínense ser una locura también que todos los días tuviera que avisar voy hasta la residencia Necesito que me autorice entonces esa costumbre fue de tal forma
que cuando se modifica la Constitución se dice no es un absurdo pedir una autorización por cada salida a la presidencia de Enton lo hagamos más general que sea al exterior pero existía parece raro pero bueno existí estamos hasta acá con costumbre la otra fuente que me interesa es la de la jurisprudencia Por qué Porque genera confusi a veces el tema de la jurisprudencia no sé si ustedes recuerdan lo vieron en el colegio capaz que lo vieron en el otro lado cuando un esta lógica un una cuestión que que ve Generalmente es la de los silogismos
no s si se acuerdan de los silogismo puede ser que no muy bien el silogismo tiene una premisa mayor a que ap una premisa menor y y tengo una conclusión un razonamiento lógico premisa mayor premisa menor contenida la premisa mayor conclusión lógica vamos a un ejemplo premisa mayor todos los hombres son mortales yo analizo las condiciones de validez de la premisa mayor y es verdadero o no el dato es verdadero no no hay hombres Inmortales bien la segunda premisa que es la premisa menor tiene que estar contenida en el universo que es la mayor Entonces
yo digo Juan nombre Porto coci que hay un Juan en el aula gu y lo toma como algo personal Guillermo creo que no hay así que p guillo es hom se verifica que Guillermo está incluido dentro del universo porque pertenece a la especie humana estamos hablando de la pertenencia a este colectivo entonces también la premisa es verdadera si yo tengo una premisa mayor verdadera y una menor verdadera la conclusión es válida por lo tanto en este caso estamos tratando la conclusión eso esal no es que está mortal es mortal se entiende el razonamiento bien perfecto
lo habían visto antes tendrá una sanción de prisión o reclusión esto es válido O sea la ley expresado de esa manera en Elo en los hechos Yo tengo que p el nombre que ustedes quieran conjunte con p para que no no lo tomen como algo subjetivo esto es una hipótesis que entra dentro de la prilla mayor sí Entonces cuál es la conclusión de esta premisa que J nos corresponde ición reclusión de 8 a 25 años se entiende perfecto nosotros lo vemos como razonamiento Lógico es lo que debería presidir el razonamiento de la sentencia Por qué
Porque si yo tengo la ley que es la norma general y tengo el caso yo acá voy a tener una norma particular o individual que Cómo se llama cómo se llama esto premisa Dios que está en la ley bien la ley en la norma general abstracta obligator sancionar el congreso todo lo que ustedes ya saben que Ju mate ped es un dato que yo de dónde lo tengo los he hecho o sea en caso Ahora yo lo que tengo que hacer es traer la ley aplicarla al caso concreto y de ahí derivar el razonamiento lógico
a través de qué Expreso el razonamiento lógico Cuál es el instrumento la qué pu no dictamina entonces surge una norma particular que es la ascendencia En qué consiste entonces la actividad del juez es en identificar cuál es la norma general aplicable a un caso de la que se sig una norma particular que es la sentencia se entiende esto seguro claro ustedes van a ver que hay normas generales y normas particulares las normas particulares son aquellas que se obtienen luego de aplicar la norma general a un caso estamos con esto bien para m o sea la
jurisprudencia como fuente del derecho está en este producto en la sentencia que la norma particular Entonces cuando yo hablo de la jurisprudencia Fuente del derecho me estoy refiriendo a la Norma particular contenida en una Sentencia segimo bien Podemos borrar estoa Entonces lo tengan en cuenta es que no no repitan a ver Esto es como lo de la pirámide se acuerdan cuando fuimos con la idea de la pirámide que después se aplastaba y era un rectángulo todo es esto es lo mismo Exactamente no no pero esto si lo pueden decir a la Norma general se transforma
en Norma particular pero no se le vaya ocurrir hablar AC para profe que son jueces de que la actitud de ell la primera respuesta que va escuchame acá las nor dice prisión o reclusión son dos situaciones distintas habla de 8 a 25 sea te da una gama entonces no es automática la conclusión hay to tarea intelectual por parte del juzgador para poder llegar me entienden pero a nosotros nos sirve como dispositivo para aender entonces cuando ya incorporamos el y pensamos Cómo se llega la Ley General a la particular ya no lo usamos estamos bien buenísimo
grupo a pasa Cómo se organiza la justicia nosotros tenemos dos órdenes un orden federal y un orden local o provincial el federal Cómo se integra se compone el poder judicial de la nación y qu y los tribunales por cámaras juzgados corte cámara cámara juzgado depende no lo quiero comunicar pero básicamente Corte Suprema de justi y tribunales inferior tenemos de la justicia Federal Jurado Federal Cuántos tenemos otro a dos cuadr uno laan y el otro no juzgados federales no la sentencia de esos juzgados federales se revisa en la cámara Federal de apelaciones de salta viene ha
tiempoo para que haara federal tiene muchísimo trabajo pero Enton la sentencia del juez de primera instancia revisada por la cámara de salta y de la cámara sal la Corte Suprema de justi na son las tres instanci ahora qué pasa con este los los juzgados Lamentablemente son multifueros o sea en cucui los jueces el juez que es unipersonal interviene en derecho penal eh financiero o tributario administrativo laboral civil comercial multifuero y acá tenemos digamos una actividad muy intensa en el tema delitos de frontera que tienen que ver con estupefacientes con trata con delitos aduaneros entonces están
desbordados Federal hay otras Como por ejemplo jurisdicciones como Buenos Aires que tienen juzgados especializados materia penal materia civil materia per AC acá mulu bien Esto es justicia Federal ahora en la justicia local nosotros vamos a tener también una suprema corte de justi provincial antes era Tribunal Superior el superior tribunal por debajo nosotr encontrar también cá tribunales juzgados Pero hay una relación hierárquica en esta organización y no se confunda Se confunde son dos órdenes diferentes Pero articulados por qué Porque la decisión de un juzgado de primera instancia puede ser revisada por la cámara de apelación y
a su vez la sentencia de la cámara Ada por el Tribunal Superior o la Corte Suprema de Justicia provincial y la resolución de la corte puude ser revisada por la Corte Suprema de Justicia de la nación como última instancia jurisdiccional pero no significa que jerárquicamente ellos estén acá en esta parte no Simplemente la corte revisa las sentencias dictadas por los tribunales superiores en cada provincia estamos hasta ahí bien Qué pasa con el tema de volviendo a la jurisprudencia cuando nosotros hablamos de la jurisprudencia No es cualquier sentencia la que nosotros nos importa sino aquella que
nos sirva como precedente o que ustedes la encontrar la pueden encontrar como leading Case o como caso testigo o como este haya dicho l precedente caso testigo sí creo que son las definiciones más o los términos más usados a nosotros nos interesa porque obviamente los resuelto por un juzgado de primera instancia Federal acá en la provincia de fucuy no puede conmoverlo resuelto anteriormente por la la Corte Suprema de Justicia de la nación sería digamos ir en un sentido contrario ahora las resoluciones de la Corte Suprema sí tienen virtualidad jurídica como para modificar los pronunciamientos de
los tribunales inferiores se entiende en esta organización jerárquica a mayor nivel jerárquico mayor fuerza o virtualidad de los pronunciamientos no obstante que se puedan citar precedentes o antecedentes o de otras jurisdicciones cuando sobre todo no hay causas que hayan llegado a la corte Pues no todas las causas llegan a la corte También tenemos como una mirada romántica de que te voy a llevar hasta la Corte Suprema de Justicia de la nación no es fácil llegar a la Corte Suprema de Justicia de la nación no es fácil caso Claro pero porque si hay industrias por ejemplo
este la industria periodística es una que ha conseguido mayores pronunciamientos por parte de la corte hay diferentes doctrinas que es lo que nos interesa ahora rescatar que surgen de los pronunciamientos de la corte que resultan obligatorios para los tribunales imperior doctrinas emanadas de la actividad de la corte la sentencia cada vez que emite una norma individual una norma particular esa Norma resulta de aplicación obligatoria paraas se entiende esto bien Por qué difícil lleg la corte la corte imagínense tiene que revisar las sentenci de todas las jurisdicciones no solo de la Federal sino de cada una
de las provincias Entonces ha fijado un criterio para elegir en qué caso se va pronunciar y ahí es donde ya está poniendo el primer primero la cuestión que yo llevo a la Corte Suprema de Justicia de la nación tiene que ser nov2 sea tiene que ser nueva para la corte no tiene que haber un pronunciamiento porque si no directamente te manda al sitio al registro donde ya se pronunció por el tema el típico este lo dispuesto o esto ya lo resolví entonces la única que nos queda ahí es si no es una cuestión novedosa es
al menos algún elemento que no haya sido considerado por la corte y que resulte con esa potencialidad o esa virtualidad de poder provocar el interés de la corte es lo que se denominan hechos nuevos situaciones nuevas que antes no estuvieron planteadas capaz que el fondo del asunto el mismo pero ahora yo le aporto un hecho novedoso para la corte por lo le digo a partir de este hecho yo entiendo de que es posible cambiar el criterio que la corte sentó en tal precedente los precedentes llevan el nombre de la parte que lo consigue no este
Ramos tenemos Universidad de Buenos Aires digamos el actor Generalmente el que consigue una resolución favorable el que le da el nombre alente entonces supongamos que sea en la cuestión que yo llevo a la corte la corte me dice no esto ya lo vi en tal lugar cuál es el problema que me cierra la instancia no tengo a dónde ir cuando la corte me dice eso la corte establece lo que se denomina right of que es como un derecho de certeza como algo para decir esto resuelto la fórmula Ahora qué pasa cuando un tribunal inferior una
cámara un juzgado no respeta al presedente de la corte lo que a mí me queda digamos es obtener una ascendencia favorable de la corte que deje sin efecto el pronunciamiento en función de aplicar el precedente este el caso que uno de los que más se nombra es el que usted tiene que ver con el derecho y réplica tiene que ver con la fuente de derecho tiene que ver con la la la prelación que existe entre los tratados internacionales y las leyes locales para eso sir Entonces el día de mañana si nosotros lo presentamos tenemos una
sentencia dice que la ley es más importante que lo que un tratado internacional nosotros tenemos que citar directamente no se falta transcribirlo al fallo basta con decir la corte ya tuvo oportunidad de pronunci sobre esta materia es punto el tribunal está obligado salvo que surgiera algún elemento nuevo que no fue contemplado en el ya Constitución No hay forma No hay forma de cambiar me entiend Y por qué le decía que la corte el la corte estuvo por ejemplo muchos años para pronunciarse por el tema de los pueblos indígenas y le daba vuelta y los casos
llegaban y se iban acumulando y la corte No intervenía porque no le daba ese interés institucional que hace falta para marcar er el término no me acordaba el precedente señero sea elito el mojón acá yo resuelvo de esta manera Y a partir de acá en adelante se resuelve de esta manera eso lo hace la corte entonces esa es la importancia de la jurisprudencia como fuente del derecho cuando existe una interpretación que parte de una norma general aplicable a un caso que deviene de una norma particular que se llama sentencia que resulta obligatoria a partir de
ese momento en adelante yo no puedo ir a la cámara Federal de apelación sarta el juzgado Federal de la provincia decu resolvió esto y por lo tanto es obligatorio porque en la jerarquía está primero la cámara entonces lo que la cámara resuelve en salta sí es obligatorio aplicable acá en cucul pero no a la inversa no hay una fuerza contraria digamos que permita que un precedente local Se transforme en un leading Case caso testigo Sí hag una pregunta hasta acá bien se entiende esto de las fuentes entonces parece no pue entrar al tema las personas
quiero hablar también de la Constitución y era est rato fue que cuando vayan a rendir se acuerdan que hablamos del gu que tiene que haber una articulación y todo eso cuando ustedes vean eh la doctrina de los positivistas principalmente la de kelen como la expresión máxima positivismo tienen que tener en cuenta que eso Tal cual se aplica cuando hablamos acerca de la Constitución nacional y cuando hablamos de los principios que sostienen la supremacía constitucional porque lo que en qu era la norma hipotética para nosotros va a servir como la norma Suprema la carta la ley
madre la Constitución nacional se acuerdan cuáles eran los principios que sostenían la posición de la doctrina positivista no se acuerdan bien los dos eso también pregunta de ex no se olv Supra ordenación el ordenamiento jurídico se establece de arriba hacia abajo hay una norma coordinadora es la que le da vigencia a las otras normas dentro del sistema y subordinación cada una de esas normas creadas le debe subordinación a las normas que están por encima en caso de contradicción entre una norma que está en un estadio y en otro prevalece la norma de estadio superior esto
lo que me garantiza la integridad del sistema por lo tanto la norma inferior tiene que ser descalificada tiene que ser expulsada del sistema jurídico no pueden convivir porque el sistema requiere una determinada armonía entre todas las normas que componen ese ordenamiento ahora la sanción de expulsión en este caso nosotros vamos Llamar inconstitucionalidad es que se relaciona una cosa con otra entonces la inconstitucionalidad tiene que ver con la existencia de una norma o disposición de jerarquía inferior que pone en cuestión o pone en tensión o pone en crisis un concepto contenido la Constitución nacional y acá
volvemos a la Constitución nacional es la constitución las leyes que su consecuencia los tratados la Constitución por encima de todos el ordenamiento jurídico ahora la Constitución eh tenemos que asegurar Cuál es la forma porque esto que estamos diciendo suena himno digamos pero como en los hechos la Constitución mantiene su imperio y acá tenemos que ver que hay diferentes eh modelos de control de constitucion amiento los más conocidos son los que encontramos en el ámbito judicial y tienen que ver con la acción y con el recursos de constitucionalidad son dos instancias diferentes la acción de constitucionalidad
es aquella que se promueve que tiene que ver con el procedimiento constitucional las normas de procedimiento constitucional por el cual se ataca directamente un acto administrativo una ley algún tipo de resolución algún tipo de pronunciamiento en virtud de que es contrario a la constitución chicos 5 10 minutos ya terminamos y nos vamos porfa este porque resulta contraria pero es una acción que va dirigida directamente a la suprema corte de justicia provincial por la Corte Suprema de Justicia provincial no hay un procedimiento anterior que me lleve a la acción directamente yo promuevo la acción la otra
situación que tenemos la del recurso constitucionalidad donde sí Hay un procedimiento previo que se inician las instancias locales tribunales locales y deriva en una eh ulterior resolución de este superior la Corte Suprema de Justicia provincial la norma en cuestión puede tener que ver o con un acto administrativo con un acto particular o lo que sea o con la propia sentencia sea puede ser que la sentencia de primera instancia sea contraria a la Constitución por lo tanto el recurso presentar no solo la Norma que estaba controvertida sino además la norma particular la sentencia van a ver
mejor público provincial constitucional vamos adelantando en qué momento el recurso tengo que ir agotando las instancias supongamos que sea la cámara o un tribunal supongamos tribunal de trabajo que ahora Bueno ahora es un juzgado unipersonal supongamos que tengo la resolución del juzgado unipersonal la posibilidad de apelar ante la cámara de trabajo y ante la resolución de la cámara me queda la Corte Suprema provincial o sea tendría dos instancias para llegar hasta la corte donde planteo el recurso de inconstitucionalidad recuerdo los más conocidos Entonces cuando se dan en el ámbito judicial que tien que ver con
la acción o con el recurso otros controles tienen que ver por ejemplo con el veto presidencial el veto presidencial un dispositivo de control de constitucionalidad que aplica el poder ejecutivo sobre una ley emanada del Congreso poder ejecutivo entiende que la ley es contr la constitución por lo tanto la Beta tenemos caso contemporáneo digamos sabemos lo que significa el veto y en el caso nuestro fue la ley de financiamiento universitario lo que implicó el veto veto presiden eso es control o Debería ser control constitucional acá el argumento fue el déficit cero una cuestión así porque no
era contraria a la Constitución digo lo que habilitaría el veto sería atribución del poder ejecutivo de poder defender la constitución en un caso concreto y la otra por ejemplo cuando la la nación verifica los actos de poder ejecutivo De hecho cuando hay un tratado nacional esto ya lo vimos también firmado por el presidente ingresa al congreso y el congreso tiene es atribución se potestad y revisar si las disposiciones del tratado están de acuerdo o no con la Constitución nacional también hay control de esa manera estamos Entonces Con esto del control bien Qué pasa con la
las normas que están en la Constitución Porque podríamos preguntarnos si dentro de la Constitución existe un orden también de jerarquía de las normas una cuestión que F abordada muy interesante hay un artículo si les interesa a profundizar de vidar campo que tiene que ver con la infrac constitucionalidad de las normas Como la forma en la que se organiza internamente y acá lo primero que tenemos que decir es que no hay normas de mayor jerarquía dentro de la constitución no hay normas que sean más importantes que otras dentro de la Constitución antes nosotros encontrábamos una clasificación
que tenía que ver con normas operativas o normas programáticas normas operativas eran aquellas que estaban establecidas en la Constitución y que tenían una aplicación inmediata no requerían ningún acto legislativo o administrativo posterior por ejemplo el derecho de propiedad derecho de propiedad tal cual estaba redactado está redactado en la Constitución y lo puedo defender sin necesidad de ninguna intervención Estatal Ahora cuando yo hablo del derecho a la educación es un derecho que requiere de un programa requiere de una planificación por ejemplo el derecho a la educación superior requiere de un establecimiento de educación superior como Universidad
donde hay un procedimiento para la designación de docentes Donde además Hay un procedimiento para a la aprobación de los contenidos curriculares disciplinares todo lo que integra el programa de esa carrera que sí el estado tiene que ponerlo a disposición para que yo pueda ejercer mi derecho pero lo que no implica que porque sea operativo es más importante que la programática son por igual importantes solo que en algunos momentos va a requerir un desarrollo legislativo y en otro no va a requerir ese tipo de desarrollo aplicación directa dentro de la Constitución con esto ya vamos terminando
salvo que pregunten algo yo voy a encontrar dos partes esta estructura tiene que ver también con la propia estructura del constitucionalismo el constitucionalismo nos da cuenta de la existencia de la teoría constitucional de la libertad y una teoría constitucional del Poder y esa es la forma en la que se organiza la Constitución la primera parte denominada parte dogmática incluye derecho declaraciones principios y garantías que están vinculadas directamente gallo ese propio o es vecino seor una canta este el la parte dogmática declaración de principio derechos y garantía vinculada directamente a la libertad de las personas la
segunda parte es la parte eh orgánica o teoría constitucional del poder Por qué Porque se encarga de definir los órganos de gobierno de dividirlos y de dar funciones diferentes a cada uno de a cada uno de ellos la hora de atras atrasada exact esto es fundamental y lo vamos a recuperar el próximo encuentro Porque nos va a dar pie para para poder hablar de las personas los derechos pero registren lo desde ahora el derecho constitucional la la el kit del derecho constitucional es la relación que existe entre el poder y la libertad Cuál es el
límite que tiene el poder para no avanzar con las libertades Cuál es la defensa que tienen esas libertades para evitar de que el poder avance el poder como todo poder se retroal se el poder requiere más poder para mantenerse vigente de dónde consigue esa energía de las libertades cada vez que el poder come consume la libertad aumenta va creciendo se va haciendo más fuerte Entonces está en nosotros poder defender las libertades para ponerle un freno al poder esto se entiende verdad como estamos diciendo ahora a esta mirada romántica que tenemos de que somos nosotros los
que tenemos las libertad y el poder que está en el gobierno tenemos que entenderla complementada con la otra mirada que es más crítica más real de que el poder no solo está en gobierno el poder está en los grandes grupos concentrados de la economía en las sociedades transnacional digamos en lo que se denomina el poder oculto es poder que nosotros enfrentamos cuando vamos al mercado cuando estamos en la sociedad cuando hablamos de derechos civiles estamos hablando de un estado que nos tiene que sustentar ahora en el mercado el estado Ya no está como garante de
los derecho es un estado que deja hacer deja pasar el propio mercado regule Cómo se van a a equilibrar esas garantía ese equilibrio no existe que hay mucha desigualdad hay mucha simetría No hay forma y por lo tanto cuando nosotros pensemos en poder pensemos principalmente en el poder económico no en el poder político porque este el que En definitiva si se retira el poder político que es el que nos tiene que proteger nos deja expuesto al poder económico poder económico que te aumenta los combustibles todos los meses que te aumenta la factura y no la
podes discutir digamos vos queres decir yo estaba pagando por ejemplo no para vec estaba pagando 10000 pesos de internet ahora estoy pagando 60000 pesos de internet bueno Si no querés buscate otra si buscate otra A dónde digamos hay lugar donde llega una sola empresa y qué voy vo decir al Estado ayudame a buscar otra o cómo hag para conseguir no se puede dig Dónde está mi libertad para elegir Entonces si no estamos atentos a esas cuestiones este vamos a tener problema alguna pregunta hasta acá daríamos nos estamos viendo Entonces el próximo jueves Muchas gracias buen
fin de semana buena semana
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